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Charlas de café. Hilo social y cualquier tema de interés o entretenimiento.
 #400635  por DoctorPiccafeces
 
DAL escribió:
DoctorPiccafeces escribió:viewtopic.php?f=1&t=71628

Se brotó... :roll:
Sho??????????????


Seeeeeeeeeeee toy brotada ultimamente. :twisted:
No, vos no, la estudiante que abrió el thread, la tal aprendiza no se cuanto... quiere demandar a un periodista porque habló mal del gremius iurídicus y le iba a sugerir que colgara por un ratito la toga que aún no tiene y se consiguiera una alegría con otro estudiante de hormonas revueltas, pero temí ser malinterpretado y desistí.
 #400741  por DoctorPiccafeces
 
La primera vez que le pedí ayuda a este crappy foro, nadie me dio pelota (pregunté si alguien sabía de algún estudio que hiciera secuestro automotor en la zona de Merlo y solo el silencio fue la respuesta).

Vamos por la segunda.

Me pregunta una amiga si la madre se puede jubilar con 59 años de edad, por cumplir 60. Como se tanto de jubilaciones como de sánscrito, apelo a vuestra sabiduría para ello. ¿Alguien me orienta?

Media pila, porfi *flor*
 #400749  por DAL
 
Yyyyyyy podés preguntar en Previ, mientras no preguntes cuanto se cobra estarás a salvo.

Mi mama tiene 59, cumple 60 en noviembre y tiene todo listo ya (renocimiento de servicios de labores en la provincia, moratoria pagandose, etc.) pero me parece que hasta noviembre no lo puede iniciar. Ya le mandé un correito al abogado que lo lleva, un amigo mío, contandole que en noviembre cumple los 60, a lo mejor se puede hacer para que se lo concedan. Leí algo en previ del beneficio de FELIZ CUMPLEAÑOS, como que te "obsequian" la jubilación a partir del día que cumplis 60 si la iniciaste antes. Seria un inicio condicional. Pero no me contestó todavía.









Bueno, vite´por lo menos no es un cri cri, cri cri.



Ah............ al aprendiz de brujo le hace falta ese remedio que vos decís. Al fin y al cabo el zapallo del periodista no dijo nada que no sea casi estrictamente real.
 #400756  por DoctorPiccafeces
 
DAL escribió:Yyyyyyy podés preguntar en Previ, mientras no preguntes cuanto se cobra estarás a salvo.

Mi mama tiene 59, cumple 60 en noviembre y tiene todo listo ya (renocimiento de servicios de labores en la provincia, moratoria pagandose, etc.) pero me parece que hasta noviembre no lo puede iniciar. Ya le mandé un correito al abogado que lo lleva, un amigo mío, contandole que en noviembre cumple los 60, a lo mejor se puede hacer para que se lo concedan. Leí algo en previ del beneficio de FELIZ CUMPLEAÑOS, como que te "obsequian" la jubilación a partir del día que cumplis 60 si la iniciaste antes. Seria un inicio condicional. Pero no me contestó todavía.









Bueno, vite´por lo menos no es un cri cri, cri cri.



Ah............ al aprendiz de brujo le hace falta ese remedio que vos decís. Al fin y al cabo el zapallo del periodista no dijo nada que no sea casi estrictamente real.
Sos muy labli, senkiu

*flor*
 #400764  por klaudia7
 
Dr. Picca, hay una resolución como muy bien dice DAL, es la FELIZ CUMPLEAÑOS, la verdad no sé si estará aún vigente, pero cuando SHO hacia jubilaciones la utilice con buen resultado.
 #400769  por jfrotela
 
DoctorPiccafeces escribió:La primera vez que le pedí ayuda a este crappy foro, nadie me dio pelota (pregunté si alguien sabía de algún estudio que hiciera secuestro automotor en la zona de Merlo y solo el silencio fue la respuesta).

Vamos por la segunda.

Me pregunta una amiga si la madre se puede jubilar con 59 años de edad, por cumplir 60. Como se tanto de jubilaciones como de sánscrito, apelo a vuestra sabiduría para ello. ¿Alguien me orienta?

Media pila, porfi *flor*
Sumo... la "feliz cumple..." se aplica para los que tienen ya los 30 años de aportes... Si no los tiene, tendra que esperarlos... y si no tiene aportes tambien podra jubilarse... aunque poniendo alguno billetitos de su bolsillo... aunque si hay algun voluntario que los ponga, ya hemos leido cuales son las consecuencias!!! :lol: :lol: :lol: :lol:
 #400775  por DoctorPiccafeces
 
jfrotela escribió:
DoctorPiccafeces escribió:La primera vez que le pedí ayuda a este crappy foro, nadie me dio pelota (pregunté si alguien sabía de algún estudio que hiciera secuestro automotor en la zona de Merlo y solo el silencio fue la respuesta).

Vamos por la segunda.

Me pregunta una amiga si la madre se puede jubilar con 59 años de edad, por cumplir 60. Como se tanto de jubilaciones como de sánscrito, apelo a vuestra sabiduría para ello. ¿Alguien me orienta?

Media pila, porfi *flor*
Sumo... la "feliz cumple..." se aplica para los que tienen ya los 30 años de aportes... Si no los tiene, tendra que esperarlos... y si no tiene aportes tambien podra jubilarse... aunque poniendo alguno billetitos de su bolsillo... aunque si hay algun voluntario que los ponga, ya hemos leido cuales son las consecuencias!!! :lol: :lol: :lol: :lol:
Gracias miles doc.
Que se siente en un banquito y espere a los 60, entonces.
O que entre a Previ de este foro, con sus siete haberes en mano por adelantado y ganas de volantear.
:lol:
 #400777  por DoctorPiccafeces
 
klaudia7 escribió:Dr. Picca, hay una resolución como muy bien dice DAL, es la FELIZ CUMPLEAÑOS, la verdad no sé si estará aún vigente, pero cuando SHO hacia jubilaciones la utilice con buen resultado.
Gracias darling
*flor*
 #400896  por DoctorCuervo
 
Cuando ya tiene los aportes necesarios para jubilarse (30 años) podra iniciar el tramite 120 dias antes de cumplir la edad requerida.
Si no tiene 30 años y para ello se encuentra pagando moratoria por los años faltantes, mientras la moratoria este sin completar, no podra acreditar los 30 años, por ende, no podra iniciar el tramite hasta tanto cumpla la edad requerida.
O sea, si no tiene los aportes, que espere la edad para hacer la moratoria y dopo podra iniciar el tramite.
O sea, si tiene los aportes, que la inicie 120 dias antes.
Atte.-
 #400956  por DoctorPiccafeces
 
DoctorCuervo escribió:Cuando ya tiene los aportes necesarios para jubilarse (30 años) podra iniciar el tramite 120 dias antes de cumplir la edad requerida.
Si no tiene 30 años y para ello se encuentra pagando moratoria por los años faltantes, mientras la moratoria este sin completar, no podra acreditar los 30 años, por ende, no podra iniciar el tramite hasta tanto cumpla la edad requerida.
O sea, si no tiene los aportes, que espere la edad para hacer la moratoria y dopo podra iniciar el tramite.
O sea, si tiene los aportes, que la inicie 120 dias antes.
Atte.-
Grax doc :wink:

....

En el coto de Cabildo al 500 hay un macabro grupo de música que se instaló en el medio del patio de comidas y destroza temas de rock nacional, impidiendo a la concurrencia digerir debidamente las milanesas de cartón pintado que expende ese hipermercado, y planifican continuar con el ejercicio ilegal de la música mañana a mediodía.

No digan después que nadie les avisó.
 #401024  por gadriana
 
DoctorPiccafeces escribió:
DoctorCuervo escribió:Cuando ya tiene los aportes necesarios para jubilarse (30 años) podra iniciar el tramite 120 dias antes de cumplir la edad requerida.
Si no tiene 30 años y para ello se encuentra pagando moratoria por los años faltantes, mientras la moratoria este sin completar, no podra acreditar los 30 años, por ende, no podra iniciar el tramite hasta tanto cumpla la edad requerida.
O sea, si no tiene los aportes, que espere la edad para hacer la moratoria y dopo podra iniciar el tramite.
O sea, si tiene los aportes, que la inicie 120 dias antes.
Atte.-
Grax doc :wink:

....

En el coto de Cabildo al 500 hay un macabro grupo de música que se instaló en el medio del patio de comidas y destroza temas de rock nacional, impidiendo a la concurrencia digerir debidamente las milanesas de cartón pintado que expende ese hipermercado, y planifican continuar con el ejercicio ilegal de la música mañana a mediodía.

No digan después que nadie les avisó.
Estimado Dr. Creo que esto amerita la apertura de un hilo especial de escraches, a fin de que ningún forista caiga desprevenido. Si le parece comenzamos con algún hilo tipo "CUIDADO TE ESTAN CURRANDO" , "Donde no ir" o lo que a Ud. se le ocurra como título. Sería una buena iniciativa. :mrgreen:
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