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  • ALGUIEN PUEDE AYUDARME CON ESTO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL?????

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #400296  por Maria1
 
Hola acabo de registrarme no se bien como funciona esto, necesitaria ayuda por un caso sobre liquidacion de sociedad conyugal. Las personas venden un bien donde en la escritura figura que se compro el terreno con 3/4 partes de bienes propios de la mujer y 1/4 del marido. Luego se edifico con la venta de bienes propios del marido. Ahora se quiere hacer valer en la escritura de venta que le corresponde el 56% del valor al marido y el 44% ala mujer. Todo esto comprobable. A su vez como estan separados y haran un divorcio 215 por presentacion conjunta, y obviamente no quieren pasar este bien por el sellado, y ademas hay hijos menores, que es lo que me conviene hacer? Que figure el porcentaje en la nueva escritura cuando venden, y ahi que figure que cada uno retira para si el valor de la venta (en el momento de la firma de la escritura de venta) en concepto de que fue adquirido en esa proporcion con bienes propios de la forma que se detalla 56% marido y 44% la mujer? Cuando se haga la presentacion conjunta del divorcio por el art 215 CCN esto sera valido? ya que al no mencionarlo en la presentacin del 215 (por lo del sellado) y habiendose repartido la plata antes del divorcio habiendo menores de por medio habra objecion por parte del asesor de menores? Se denunciaran otros bienes, como dos autos para la liquidacion de la sociedad conyugal. Alquien me puede decir si esta escritura o acuerdo ante escribano puede ser nulo? para cuando se presente el 215 ya que todo esto no figura en la actual escritura de venta y se reparten la plata antes de la presentacion del 215, y no se denunciara que hubo tal operacion en la presentacion conjunta y hay menores. Ambos conyuges compraran sus viviendas respectivas y solo denunciaran bienes muebles en la presentacion conjunta para la liquidacion de la sociedad conyugal.
Muy amables si alguien puede ayudarme ... Gracias!!!
Maria1
 #401529  por Maria1
 
Maria1 escribió:Hola acabo de registrarme no se bien como funciona esto, necesitaria ayuda por un caso sobre liquidacion de sociedad conyugal. Las personas venden un bien donde en la escritura figura que se compro el terreno con 3/4 partes de bienes propios de la mujer y 1/4 del marido. Luego se edifico con la venta de bienes propios del marido. Ahora se quiere hacer valer en la escritura de venta que le corresponde el 56% del valor al marido y el 44% ala mujer, Todo esto comprobable. A su vez como estan separados y haran un divorcio 215 por presentacion conjunta, y obviamente no quieren pasar este bien por el sellado, y ademas hay hijos menores, que es lo que me conviene hacer? Que figure el porcentaje en la nueva escritura cuando venden, y ahi que figure que cada uno retira para si el valor de la venta (en el momento de la firma de la escritura de venta) en concepto de que fue adquirido en esa proporcion con bienes propios de la forma que se detalla 56% marido y 44% la mujer? Cuando se haga la presentacion conjunta del divorcio por el art 215 CCN esto sera valido? ya que al no mencionarlo en la presentacin del 215 (por lo del sellado) y habiendose repartido la plata antes del divorcio habiendo menores de por medio habra objecion por parte del asesor de menores? Se denunciaran otros bienes, como dos autos para la liquidacion de la sociedad conyugal. Alquien me puede decir si esta escritura o acuerdo ante escribano puede ser nulo? para cuando se presente el 215 ya que todo esto no figura en la actual escritura de venta y se reparten la plata antes de la presentacion del 215, y no se denunciara que hubo tal operacion en la presentacion conjunta y hay menores. Ambos conyuges compraran sus viviendas respectivas y solo denunciaran bienes muebles en la presentacion conjunta para la liquidacion de la sociedad conyugal.
Muy amables si alguien puede ayudarme ... Gracias!!!
Maria1
Aclaro que ese porcentaje del 44% y 56% en la nueva escritura lo pondrian en calidad de bien propio, ya que es el porcentual segun la venta de bienes propios que cada uno aporto para la compra y construccion de este bien. En la escritura misma o en otra acta piensan poner que cada uno retira tanta plata por la venta de este bien, que a ella se le entrega mas plata en calidad de gastos para la proxima escrituracion que hara para la compra de otra vivienda propia. Esto es objetable o nulo? Luego harian un tercer documento privado ante escribano, donde se pone el verdadero valor de la venta del inmueble, ya que el comprador quiere poner una suma inferior, y en este mismo documento volverian a poner cuanto retira cada uno y que ella retira una suma superior debido a los gastos de la nueva escritura que hara al comprar la nueva vivienda propia. Ahora el punto es como hay menores y haran luego un divorcio por presentacion conjunta 215 y no quieren pasar esta venta, ni los departamentos que han comprado como bienes propios del producido de esta venta, alguno de estos convenios ya sea el 1.privado con fecha cierta o no (por los menores y el 215 que no esta ni firmado) donde se pone en pesos cuanta plata se lleva cada uno de verdad sobre la venta de este bien, por el asunto de que el comprador no quiere poner a cuantos pesos se vende y compra este bien, y que ella retira una suma superior al porcentaje que esta estipulado en la escritura en concepto de los gastos por escritura sobre el nuevo bien que comprara como bien propio, o 2. el otro convenio luego de la escritura que este seria tambien con escribano donde se establece que cada uno retira la plata de la venta de este bien, haciendo referencia a los porcentajes establecidos en la escritura y que ella se lleva tantos pesos de mas en concepto de gastos de escrituracion para la compra del otro bien como propio por ella (no se tampoco si en este poner la verdad de cuanto se lleva ya que es mucho mas de lo que le corresponderia segun el porcentual a raiz de que no se declara el verdadero valor de venta del inmueble). Cuestion como decia hay menores que iran a vivir a ese bien propio que comprara la mama, y el divorcio por 215 de presentacion conjunta ni esta firmado y en el solo se pondra como bienes dos autos y una parcela de cementerio, todo para no pasar ninguno de los bienes que ya estaran comprados como en calidad de propios de cada conyuge. Se me entendio algo? ALQUIEN PUEDE AYUDARME CON TODO ESTO A VER EN QUE PARTE PUEDE HABER NULIDAD YA QUE EL DIVORCIO POR UN ART. 215 NO ESTA FIRMADO Y POR EL ASUNTO DE MENORES, O VEO NULIDADES INEXISTENTES, YA QUE PARA CUANDO FIRMEN EL DIVORCIO CADA UNO TENDRA SU BIEN PROPIO, SOLO SE QUIERE DEJAR A RESGUARDO TODO PARA QUE ELLA NO RECLAME UN PORCENTAJE MAYOR YA QUE SE LE ESTA DANDO MAS PLATA, PERO AL NO APARECER EL VERDADERO VALOR DE LA VENTA, SOLO CONSTARA EN UN DOCUMENTO PRIVADO, Y SE QUIERE DEJAR DE ALGUNA FORMA PREVISTO ANTE ESCRIBANO Y EN FORMA PRIVADA TAMBIEN QUE SE RETIRA LA PLATA EN ESE ACTO Y VER DESPUES SI SE PONE LA VERDADERA SUMA EN UN CONVENIO PRIVADO Y QUE ES MAYOR EN CONCEPTO DE LOS GASTOS DE ESCRITURA POR EL NUEVO BIEN PROPIO DE ELLA.
GRACIAS Y SE ACEPTAN SUGERENCIAS...