si una persona trabajó sólo 4 meses, la despiden, el art. 245 dice un sueldo por año de antigüedad o fracción mayor de 3 meses, y aquí me confundo ¿corresponde un sueldo por la antigüedad? o´se abona en forma proporcional por esos 4 meses
corresponde un año. La proporcion no existe en antiguedad
la fraccion es si trbajo por eje. 1 año y 3 meses y medio, en ese caso es un año mas otro año por esa fraccion mayor a 3 meses. osea, dos años de antiguedad.