un trabajador fue despedido y tenia 2 años de antiguedad, al mes y medio, el empleador da de baja la obra social, desde luego la obra social tomandose de esto no presta servicios, ahora yo entiendo que sea cual fuere el motivo de extinción de contrato laboral, la obra social debe prestar servicios sin necesidad de aportes por 3 meses, entonces mi preguntas es: ¿El empleador tiene responsabilidad al dar de baja la obra social y no pagar los 3 meses o es indistinto esto y la responsabilidad es de la obra social por no dar cumplimiento?, como detalle el trabajador tiene que hacer estudios por una grave enfermedad que fue uno de los motivos ocultos por el cual fue despedido.
gracias!
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