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  • Honorarios sucesión (tareas comunes)

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #403839  por CarolinaS
 
Hola chicos,
estoy recibida hace poquito asi que perdonen la inexperiencia....

Resulta que llevo una sucesion de un conocido y su hermana habiendo otro abogado que representa a otros 3 hermanos mas. el otro abogado ya liquidó la declaratoria de herederos... Yo arregle cobrar lo que estipule el juez.

Se que el Juez regulará un porcentaje sobre el valor fiscal del acerbo correspondiente a mis representados como mis honorarios profesionales los cuales pagarán mis representados.
Mi duda está con las tareas comunes... suponiendo el juez discrimine tareas comunes y no comunes como se cobran las comunes?? se que estas se le cobran a todos los herederos pero no entiendo bien como se llega al numero. Ademas quien establece el costo de una tarea comun en particular? Los costos de estas tareas ya estan incluidos en los honorarios regulados por el juez?? cuentenme un poquito sobre esto porfi, este tema me tiene un poco mareada.

gracias
Caro
 #404064  por chiqui79
 
el juez cuando regula honorarios debe disponer:
tareas comunes Dr pirulo en la suma de pesos XX
Regular por tareas particulares los honorarios Dra. Pirulina en XXX.
Entonces las tareas comunes se deducen del acervo hereditario y luego se divide lo que queda del mismo, o (segunda opcion) se pagan a prorrata por todos los herederos; en cambio los honorarios particulares corren a cargo del cliente y SOLO PUEDEN DEDUCIRSE DE LA PARTE DEL ACERVO QUE A EL LE CORRESPONDIA. O, si te los paga en oficina, lo denuncias en expte y no se deduce nada de tu cliente.
Quedo mas o menos claro??? o me enrosque???? jjajajaj :lol:
 #404142  por CarolinaS
 
Creo que te fui siguiendo
supongamos el juez me regula 18% de honorarios, eso seria 18% de la parte proporcional del acervo de mis dos representados. pregunta: esta cantidad incluye o no los honorarios por tareas comunes? o estas son una suma aparte?

mi cliente me pide que le de una idea de gastos y realmente se me complica darle una idea que resulte cercana a lo que despues ocurra, realmente no me quiero quemar... podrias mas o menos darme un ejemplo con numeros...
Tengo miedo que yo le cobre el porcentaje regulado a mis representados y que despues el abogado del resto de la familia se descuelgue con una terriblle suma adicional por tareas comunes que el hizo, acordate que el hizo todo hasta la declaracion de herederos que es cuando mis representados me contratan...

gracias mil
Caro
 #406779  por Master
 
Caro ..
Parto de la base de honorarios que serán fijados judicialmente, que fué lo que vos trataste con tus clientes. El otro colega tendrá su convenio.
El abogado que realiza tareas que benefician a todos los herederos tiene derecho a cobrar a prorrata de todos ellos. Esas son las 'comunes'.
Las que sólo se relacionan con sus propios clientes son a cargo de éstos.
Creo que lo que te preocupa es la parte de los comunes del otro colega, en lo que obligue a tus clientes. Pero como no hay convenio previo, el monto quedará diferido a la regulación. La posibilidad de que 'se descuelgue' el colega no la veo. O tiene un convenio, o tiene una regulación.
 #406839  por chiqui79
 
Creo que te estas enroscando mucho carolina. Mira a vos el juez te va a regular un monto (que obvio va a ser conforme a lo transmitido para tu cliente), sobre ese monto el juez te va a decir si son comunes o particulares y ahi estara quien tenga obligacion de pagar. Depende las funciones, por eso no te puedo dar ejemplo. Pero si inistis.... suponete que vos hiciste la incorporacion de tu heredero a la sucesion, entonces el juez decide regularte la suma de $5000. Acto seguido el juez te va a decir que dicha regulacion es a cargo de tu cliente por ser tareas particulares. Se entiende???
Ahora si hiciste comunes y particulares el juez dira se regulan $5000, de los cuales 3000 son particulares y 2000 son comunes. Y si no dice nada y solo regula VOS deberas pedir la clasificacion de tareas.
respecto a los honorarios del otro, vos no podes asegurarle al cliente cuanto le va a salir, podes estimarle con el minimo y el maximo de la escala, PERO NO ASEGURARLE. Porque no son honorarios tuyos. El otro abogado podra cobrarle lo de la regulacion a prorrata como dijo master. No puede DESCOLGARSE.
Quedo claro mas o menos????