Hola tengo una duda mi clienta había iniciado un divorcio contradictorio tuvo la primera audiencia (etapa previa) donde se firmo un acuerdo de tenencia, alimentos, reg de visitas 21 sep. 2006 y en esa misma audiencia solicitaron convertirlo en un 215, se recapturó y se realizo el sorteo de ley pasando a otra jueza la cual fijo audiencia 25/04/07, luego el abogado de mi clienta denuncia el incumplimiento del acuerdo pero como no describió bien los autos la jueza el 25 es decir el día de la audiencia dejo aclarado en proveído que no correspondía las caratulas y dejo constancia que ninguna de las partes se presento a la audiencia fijada, el demandado solicita nueva audiencia y la fija para el 18/sep./2007 (notificada) solo comparece el demandado mi clienta no se presenta x recomendación de su abogado (mas allá de la insistencia de ella para presentarse) y en esa audiencia se fija otra para 16/10/07 la cual no esta notificada mi cliente igualmente la jueza hace lugar a la aud dejando constancia que ella no se presento fijando otra 20/nov./07 esta si notif a mi cliente (hab de días y horas inhábiles) y nuevamente su abogado le dice que es mejor no presentarse y en esa aud la otra parte que se de por desistimiento del proceso a mi clienta con costas por lo que se resuelve declarar el desistimiento del proceso por parte de mi clienta con costas a su cargo teniendo que pagar 3,450 mas aportes de ley tanto al abog de su es y otro tanto a su abog., en ese mismo acto se notifica el ex y su abog. Y se libro cedula notificando lo resuelto.
Otra ves su abog eleva escrito de incumplimiento con error en la caratula, la jueza lo intima a que aclare caratula, este chanta aclara caratula y la jueza dictamina estese a la sentencia
En resumen
1) Mi clienta ya abono al abogado de su ex por convenio (este hace falta homologar)
2) No le abono a su abog este le dijo que no le cobraba regulacion,solo los aportes
3) El chanta le hizo desistir del proceso y encima le quiere cobrar
Mis dudas son:
1) Me gustaría ver como denuncio el mal patrocinio y quiero que renuncie y no que mi clienta le revoque el patrocinio no quiero que encima le ejecute los honorarios yo quiero hablar con el realizar un convino donde quede especificado que renuncia y solo deba abonar los aporte(que ni eso se merece por mal desempeño porque encima una cedula esta mal notificada y no la observo) y si no lo voy apurar con denunciarlo a la afip por otorgar recibo truchos en ves de factura
2) Un ves logrado el objetivo se me crean dos dudas
3) Yo reinicio nuevamente el divorcio como 215 o si hablo con la contaría un 214 ¿esto se puede porque el desistimiento es del proceso y no de la acción estoy en lo cierto?
4) Al desistir del proceso también se cayó ese acuerdo de la primera audiencia (etapa previa) o NO y x lo tanto si no se cayó se puede intimar x los alimentos atrasados desde la fecha del acuerdo?
DESDE ya muchas gracias foristas.
Otra ves su abog eleva escrito de incumplimiento con error en la caratula, la jueza lo intima a que aclare caratula, este chanta aclara caratula y la jueza dictamina estese a la sentencia
En resumen
1) Mi clienta ya abono al abogado de su ex por convenio (este hace falta homologar)
2) No le abono a su abog este le dijo que no le cobraba regulacion,solo los aportes
3) El chanta le hizo desistir del proceso y encima le quiere cobrar
Mis dudas son:
1) Me gustaría ver como denuncio el mal patrocinio y quiero que renuncie y no que mi clienta le revoque el patrocinio no quiero que encima le ejecute los honorarios yo quiero hablar con el realizar un convino donde quede especificado que renuncia y solo deba abonar los aporte(que ni eso se merece por mal desempeño porque encima una cedula esta mal notificada y no la observo) y si no lo voy apurar con denunciarlo a la afip por otorgar recibo truchos en ves de factura
2) Un ves logrado el objetivo se me crean dos dudas
3) Yo reinicio nuevamente el divorcio como 215 o si hablo con la contaría un 214 ¿esto se puede porque el desistimiento es del proceso y no de la acción estoy en lo cierto?
4) Al desistir del proceso también se cayó ese acuerdo de la primera audiencia (etapa previa) o NO y x lo tanto si no se cayó se puede intimar x los alimentos atrasados desde la fecha del acuerdo?
DESDE ya muchas gracias foristas.