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  • ABANDONO DE PERSONAL/ EN CLINICA. AYUDA!!!!!!!!!!

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 #404752  por MACHULA
 
Les comento brevemente la situacion: mi clienta el dia 12/8/2009 fue mordida por su perro, en la cara, uno de los daños mas importantes fue un tajo en el parpado del ojo. Se dirige por su obra social a la clinica mas cercana a su domicilio donde tenia cobertura. Al llegar a la misma le realizan el ingreso por guardia, cuando le toca el turno el medico sale y llama, y la hija de la señora q en ese momento la acompañaba le explico al medico lo ocurrido, devido a que la paciente se encontraba en una crisis nerviosa. Sin hacerla pasar nisiquiera al consultorio, desde la puerta del mismo el doctor le informo que necesitaba urgente un cirujano plastico por que podia perder el ojo y que hay no habia, se le pregunto a donde se podian dirigir y este les dijo q el no sabia q averguara en la mesa de entradas de la clinica. Para todo esto niosiquiera le hizo higenizar la herida ni taparsela si de hecho era tan peligroso q se le infectara. La hija despues de discutir un poco logro q una enfermera le limpiara la herida y se la tapara. Empezaron desde mesa de entradas a averiguar a donde podia ir, y en zona oeste la clinicas q correspondian por la obra social no tenian cirujano. Los terminaron derivando a una clinica en capital, sindo para todo esto las 2.30 de la madrugada. La paciente se traslado por sus medios hasta ese sanatorio en capital, ahi le realizaron la cirugia, pero no habia un cirujano plastico como le habian dicho caundo llamaron era un simple cirujano. LA CONSULTA ES LA SIGUIENTE, YO CONSIDERO QUE POR PARTE DE LA CLINICA HAY UN ABANDONO DE PERSONA, NO?????
NO LA TENDRIAN QUE HABER DERIVADO ELLOS A LA CLINICA Q TENIA EL CIRUJANO PARA Q LE REALIZARAN LA CIRUJIA Y NO QUE MI CLIENTA HAYA TENIDO QUE IR POR SUS PROPIOS MEDIOS, CUANDO ESTABA COMPROMETIDO SU OJO????? LE CABERIA RESPONSABILIDAD A LA OBRA SOCIAL POR TENER PRESTADORA Q NO TIENEN CIRUJANOS EN CASO DE UNA URGENCIA COMO ESTA????? SE COMENZARIA CON CARTAS DOCUMENTOS????? ES VIABLE EL ABANDONO DE PERSONA????? SE PUEDE RECLAMAS DAÑOS Y PERJUICIOS????
ESPERO SUS RESPUESTAS Y AYUDA, PARA VER COMO PODER REALIZAR LO MEJOR PARA MI CLIENTE. SALUDOS!!!!!!!!!!!!! Y DESDE YA MUCHAS GRACIAS!!!!!!!!!!!!
 #404877  por quadrophenia
 
Hola, MACHULA. Ni se te ocurra intentar "abandono de persona". En la especie no se produjo el delito. Creo que sería más acertado una acción por responsabilidad profesional, pero dependerá de lo que puedas probar. A veces nuestros clientes tienen los hechos muy claros i vívidos, pero se hacen difícil de probar, y ese es el núcleo de cualquier acción por daños (además de que el daño sea cierto, actual, etc). De todos modos, esperá otras opiniones. Saludos