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  • URGENTE Protocolizacion de venta en subasta en sucesion

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 #382779  por vks
 
hola foristas, tengo un nuevo caso para consultarles debido a mi absoluta inexperiencia en una cuestion asi, debo tomar intervenciòn en un expediente sucesorio en que uno de los herederos ha comprado el bien del acervo para si, y en comisiòn para sus otros 4 hermanos. Debo llegar a la protocolizacion de la subasta, alguien tiene idea cuales son los pasos a seguir una vez realizado el remate?! y cuanto se debe cobrar por ello, ya que la escribana que me entrego el caso me pregunta que porcentaje me regulara a mi el juzgado! Desde ya se los agradezco infinitamente!!!
 #382864  por abogado_1987
 
Vks, en principio tené presente ...

Art. 586. - La venta judicial sólo quedará perfeccionada una vez aprobado el remate, pagado el precio o la parte que correspondiere, si se hubieren otorgado facilidades, y luego de realizada la tradición del inmueble a favor del comprador.

ARTICULO 586: Perfeccionamiento de la venta. Después de aprobado el remate, la venta judicial sólo quedará perfeccionada una vez pagado el precio o la parte que correspondiere si se hubieren otorgado facilidades, y luego de realizada la tradición del bien a favor del comprador. (Buenos Aires)

Requisitos para la Inscripción de Venta por Subasta Pública

1) Levantamiento de embargos e inhibiciones al solo efecto de escriturar/
transferir el dominio.
2) Cancelación de la hipoteca, si la hubiere
3) Transferencia de dominio: transcribir
Auto de subasta
Auto que ordena la posesión
Boleto de compraventa
Auto que ordena la inscripción
Datos de la operación y del adquirente
4) Cumplir con los Art. 21 ley 6716 con relación a los letrados del actor y del comprador en subasta si fuere una persona distinta.

Trámite posterior a la subasta

1) El martillero deberá presentar la rendición de cuentas en el plazo legal.
2) Una vez aprobada la subasta y rendición de cuentas el adquirente en remate deberá depositar el saldo de precio en una cuenta a nombre del juzgado y como perteneciente al expediente.
3) Las deudas por impuestos, tasas y contribuciones están a cargo del comprador a partir de la fecha de toma de posesión. Es decir que las deudas anteriores a esa fecha se deducen del saldo de precio de la subasta. Si existen deudas por expensas están a cargo del adquirente, por ser una obligación "propter rem".
4) Si el actor solicita compensación el juzgado tendrá en cuenta antes de hacer lugar al pedido si existen otros acreedores con mayor privilegio.
5) En caso que existan deudas por impuestos, tasas o contribuciones hay que distinguir:

si se trata de un crédito quirografario: para poder compensar deberá depositar en autos el importe de las deudas o en su defecto acreditar su pago, pues el fisco, tiene privilegio en el cobro respecto del actor y no existe en autos depósito de dinero, pues el actor quiere compensar.

si se trata de un acreedor hipotecario o prendario: el actor tiene privilegio frente al fisco desde la fecha de constitución de la hipoteca o prenda hasta la fecha de toma de posesión, por lo que para poder compensar sólo tendría que depositar en autos o acreditar el pago de los impuestos, tasas o contribuciones de fecha anterior a la constitución de la garantía.

http://www.casi.com.ar/juzgado11/tramit ... ubasta.htm
 #383432  por vks
 
Gracias por contestar tan rapido!lo que necesitaria es saber como se solicita la inscripciòn a favor de los compradores, porque la protocolizacion de la subasta la quiere hacer un escribano y ahi es donde me pierdo un poco, yo solicito que se inscriba la subasta a nombre de ellos o debo decir que se ordene la protocolizacion de la subasta? es una cuestion netamente procesal y se que es una tonteria pero no quisiera llevar esta duda a la escribana ya que es el primer caso que me da!
Gracias de nuevo!
 #383473  por mariferzara
 
Hola vks! los pasos a seguir son: el comprador tiene el boleto donde dice que compra en comisión?,lo que sigue c relación a tu cliente, es integrar el saldo de precio una vez q lo intiman mediante cédula, deben presentarse todos los qu resultaron compradores y pedís q se tenga por integrado en tiempo y forma el precio y que se ordene tomar la posesión del inmueble, levantamiento de inhibiciones, embargos y liberación de tasas e impuestos al solo efecto de escriturar. Por esta actuación te regularán honorarios.-Una vez pagos tus aportes, pedís protocolización de la subasta, proponiendo escribano. El escribano debe aceptar el cargo mediante acta en el juzgado.- Los honorarios no sabría decirte en base a q escala regulan.- Suerte!
 #405393  por amg
 
En la subasta compra el comitente para una persona y esta ahora quiere vender. Me consulta quien quiere comprar y tengo algunas dudas porque no puedo ver el expte.
1) Si la subasta aún no esta aprobada, el comitente todavia no denuncio a los compradores, verdad? puede venderle directamente a mi consultante? (por ahora solo va a hacer una reserva a las resultas de la aprobación de la subasta
2) Tengo que verificar la existencia de deudas de impuestos y tasas posteriores a la subasta?
3) Mi consultante tiene que hacerse cargo de los gastos de escrituración, hay escritura? Hay gastos del escribano, impuesto de sellos, honorarios de escribano?

Desde ya muchas gracias.
 #405431  por abogado_1987
 
amg escribió:En la subasta compra el comitente para una persona y esta ahora quiere vender. Me consulta quien quiere comprar y tengo algunas dudas porque no puedo ver el expte.
1) Si la subasta aún no esta aprobada, el comitente todavia no denuncio a los compradores, verdad? puede venderle directamente a mi consultante? (por ahora solo va a hacer una reserva a las resultas de la aprobación de la subasta
2) Tengo que verificar la existencia de deudas de impuestos y tasas posteriores a la subasta?
3) Mi consultante tiene que hacerse cargo de los gastos de escrituración, hay escritura? Hay gastos del escribano, impuesto de sellos, honorarios de escribano?

Desde ya muchas gracias.
Amg, si no podés ver el expte ... tené presente que >
Art. 592. - La nulidad del remate, a pedido de parte, sólo podrá plantearse hasta dentro de quinto día de realizado ...

podría haberse promovido un incidente de nulidad ...
 #437358  por amg
 
Retomo este tema ahora que se avanzó en el expte y en el mismo se tuvo por satisfecho el saldo de precio con relación a los inmuebles y se ordeno dar la posesión.

Como había adelantado me consulta una persona que quiere comprarle el inmueble al comprador que a su vez le compro al comprador en comisión. Como el Expte tramita en una jurisdicción distinta a la ubicación del inmueble, hay que hacer un exhorto y recien ahi se obtendra la posesión. Ahora el comprador en subasta ofrece hacer una cesión de los derechos del boleto de compra venta pero mi duda es que aún no tiene la posesión por lo que adelante del exhorto.
Es seguro hacerlo?
Le dijeron que ya casi esta la cedula catastral y que una vez que la tenga puede ir pidiendo los servicios?
Esta cesión hay que hacerla por escritura publica o se denuncia en el expte.?
 #437519  por amg
 
Gracias por tu respuesta, ahora, ya ordenado que se de la posesión a quienes compraron a comitente. La cesión la hago por escritura pública y la presento en el expediente una vez que este en posesión la compradora del comitente?