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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #296467  por Nico32
 
Chicos la ley 17.040 que regula los honorarios por tramites jubilatorios solamente menciona ´´gastos de representaciòn``, en el año que fue sancionada la misma las facultades de fiscalizacion, etc.. de aportes autonomos pertencian al ANSeS (Este organismo determinaba la deuda). Desde el año 1993 se transfieren estas facultades a la DGI, hoy AFIP, organismo ante el cual tenemos que hacer gestiones administativas a fin de determinar deuda e inscribir en moratoria...
Segun interpreto se podria cobrar 2 haberes por aplicacion de la representacion ante los organismos de prevision (Ley 17.040), y ademas lo que marca la ley de honorarios por gestiones extrajudiciales administrtivas (En el caso de la provincia de Bs As 10 jus ´´En todos los casos en que los asuntos no fueran susceptibles de apreciación pecuniaria, la regulación no será inferior a 10 "jus`` (Art. 44 Dto. Ley 9904/77).
Claro que lo dificil puede ser demostrar la representacion en caso de jubilacion automatica via WEB.
Agradezco opiniones al respecto. Gracias.-
 #301557  por hamoresano
 
Hola, nose si te sirve de mucho...

Lo que cobramos en el estudio para el cual trabajo, es de 3 haberes + 300 por el cálculo de la moratoria. Te comento que hay estudios que estan cobrando hasta 4 haberes + 400 por el cálculo.

Por otro lado, nadie se quejo por estos honorarios y nunca tuvimos problemas de cobro.
 #360254  por ZOE
 
me parece que lo que esta cobrando el estudio en el que trabajas es bastante elevado. La ley establece el tope de dos haberes... despues no nos quejemos.
 #361942  por ramirez antonia lucia
 
hola a todos alguien me puede contestar que puedo hacer hice una jubilacion por moratoria y como la sra tenia 60 y unos meses complete con ser domestico le pague 27 cuotas de 43 pesos mas la primer cuota de la moratoria y mis honorarios dos haberes y no me quiso pagar. solamente me pago un haber y el otros 770 pesos en cuota y lo de serv domestico no me quiere pagar porq no corresponde me dijo. tengo firmado convenio de honrarios donde detallo todo lo que pague y cuales serian mis honorarios que hago? alguien me puede decir inicio juicio?
 #389380  por natalia982
 
hola...si no me equivoco podes ejecutar el convenio de honorarios, para eso esta....
saludos
 #394591  por chiqui79
 
a ver si entendi... antonia vos pusiste la plata para el SDM???? :( y no la quiere devolver ni pagarte tus honorarios???? hacele una ejecucion del convenio, reventala por mala persona. No te puedo creer!!!!!!!!! Con los honorarios por ejecucion y sus respectivos intereses le vas a cobrar dos veces por pilla.
Ahora... como pones esa plata de tu bolsillo para los clientes??? una cosa es darle 100 o 200 para la primera cuota y otra muy distinta es esto. Que sirva de experiencia, de todo se aprende, aunque aveces a los golpes
 #397828  por fabidoc
 
ramirez antonia, en el convenio dejás especificado el dinero que pusiste de tu bolsillo, porque sino cuando lo ejecutes, la viejita pillina también puede poner un abogado que te plante el tope de la 17040.- :evil:
 #397838  por Alejandra Radua
 
Antonia: iniciá juicio. Hace varios meses una forista copió una sentencia donde le hacían lugar a la demanda por Cobro de Honorarios Profesionales. Voy a buscar el topico y lo copio.
 #398637  por ramirez antonia lucia
 
Gracias a todos por responder a mi consulta todo esta bien especificado que me debia pagar mis honorarios pactados en dos haberes completos mas el pago de 27 cuotas de $ 43 por serv. domesticos pata completar los treinta años de aportes más el pago de la primer cuota de la moratoria. todo esta claramente especificado para evitar problemas.
 #405546  por ciceroni
 
Antonia:
A mí me pasó algo parecido. Una Sra -que era empleada doméstica- tenía la edad de 62 años y no tenía el dinero para aportes de SDM y la 1º cuota de la moratoria ( en total $ 530). No hice convenio de honorarios con ella. Mi costumbre es acompañarla a hacer el cobro por ventanilla directamente en el Banco y de ahí al estudio, para que me pague. En esa oportunidad estaba de viaje y -por primera vez- no pude acompañar a la clienta al Banco. Ja ja ja... sin ningún empacho, lo cobró sola, se lo guardó y me negó en la cara adeudarme cualquier suma y/o importe.
Ante la situación, inicié un juicio ordinario adjuntando todita la prueba que tenía y en 6 meses obtuve la sentencia en rebeldía. Como no posee bienes ni ingresos, solicité especialmente que se le trabe embargo sobre los haberes que debe percibir del ANSES , expresando para el libramiento del oficio lo siguiente:
"...La demanda Ordinaria por COBRO de PESOS oportunamente interpuesta por el suscribiente, encuentra su origen en el incumplimiento de pago de Honorarios Profesionales que corresponden a la gestión que oportunamente realizara ante el ANSES UDAI ..... requiriendo para la demandada en autos Sra. ............ el Beneficio Jubilatorio que, en mérito a la eficiencia obtenida con mi intervención, posteriormente le fuera asignado. En retieradas oportunidades se ha manifestado primero la doctrina y luego la jurisprudencia (incluída la Corte Suprema de Justicia de la Nación) determinando en forma irrebatible que los honorarios profesionales de los abogados son créditos de naturaleza alimentaria (por satisfacer necesidades de inherentes del mismo profesional y aquellas relativas al ejercicio de la profesión practicada). En virtud de ello vengo por el presente a solicitar se libre nuevo oficio de embargo al ANSES UDAI ...... incorporando en él en forma expresa el CARÁCTER ALIMENTARIO de la medida cautelar de embargo solicitada, determinándose también en forma expresa que el monto que deberá retener el ANSES será en proporción del veinte porciento (20%) de los haberes que la demandada perciba en cualquier concepto de esa entidad hasta cubrir la suma reclamada de pesos..."
Contando con sentencia a la fecha del presente mensaje, a la demandada se le ha embargado el 20% del haber ( unos 80 o 90 pesos) los cuales, estimo cobraré por un laaaargo período, y aunque este no haya sido un triunfo, al menos es un ingreso fijo.

Mucha suerte y espero haber aportado con mi experiencia.-
 #405558  por fabidoc
 
Pero pudiste recobrar los $530?.-Porque los honorarios ya se saben que son salvables, pero lo otro? si no estuvo documentado...
 #405573  por ciceroni
 
fabidoc escribió:Pero pudiste recobrar los $530?.-Porque los honorarios ya se saben que son salvables, pero lo otro? si no estuvo documentado...
Fabiodoc:
Sí sí, fueron incluídos como objeto de la demanda junto con los 3 haberes. Hay que tener presente que como fue tramitado en rebeldía, no hubo contestación de la demanda ni apertura a prueba, por más que había adjuntado fotocopia certificada del expediente presentado ante el ANSES, con el respectivo poder, y de los tickets de pago - algo de 6 meses SDM y la 1º cuota de la moratoria - que conservaba en mi poder.
Transcribo descripción de la demanda " los honorarios profesionales por el asesorameinto previsional, las gestiones ante la AFIP Sucursal ...... y el ANSES UDAI ........... se acordaron en el equivalente a TRES HABERES PREVISIONALES COMPLETOS SIN DESCUENTOS considerados a la fecha del primer cobro del beneficio al cual la solicitante accedía, resultando la misma la suma de pesos dos mil setenta ($ 2.070,00) con más los gastos y aportes realizados para acceder a dicho beneficio jubilatorio que ascendían a la suma de pesos quinietos ochenta y uno ( $ 581,00), o sea un total de dos mil siescientos cincuenta y un pesos ($2.651,00).-"
Nuevamente, es sólo una experiencia, habrás visto que cada proceso es un mundo, o más bien, una infinita dimensión paralela ! :D
Atte.
 #405595  por fabidoc
 
Sí, ,lo que pasa que siempre están hablando del tope de la 17040.- y no tenías convenio por eso.- Pero, como vos decís, nadie rebatió tus dichos.-
Te felicito, ésta vez sí SERA JUSTICIA.-
 #405874  por Gisela123
 
Cuando hablan del convenio que firman con el cliente, es el que redactan y firma el cliente y el abogado, no?, lleva alguna otra formalidad?, o con eso simplemente se ejecutan honorarios?
 #407997  por Benja30
 
Hola, soy nuevo en el foro, les comento: ayer por primera vez un cliente no me quiso pagar mis honorarios por su jubilacion, tengo muchos casos de personas muy humildes que pagan una parte y me piden si pueden pagar el resto en cuotas, y la verdad es que no tengo problema, se que cumplen... pero ayer fue de terror, el tipo cobro $ 12.000 de retroactivo (duro mas de dos años la jubilacion, nulidad de por medio porque la ANSES computo mal los años de servicio, tenia 37 de aportes y la anses se "comio" un empleador y sumo 28 años...en fin... cobro hace unos dias, vino ayer y queria pagar un solo haber, empezo a gritar, yo tenia la sala de espera llena de gente, otro colega esperandome para arreglar un juicio...un bochorno... encima amenazandomoe con ir al Colegio de Abogados... Sintesis: esta mañana le inicie demanda por cobro de honorarios (por supuesto, se la di a un amigo que firme la demanda para que ademas de mis honorarios tambien le regulen honorarios a el...)
Dado la bronca del momento, queria presentar la demanda si o si hoy, y no tuve tiempo de averiguar esto: que les parece, se podria tambien (por supuesto, demostrandolo, ya lo se) demandar en la misma demanda por daño moral? Que les parece? La idea es que se quede el otro embroncado y no uno no? Desde ya muchas gracias