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  • heredero declarado en el sucesorio sin derecho

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #405719  por MARIADELIA
 
HOLA, NECESITO AYUDA URGENTE.
EL TEMA ES ASI: UNA SEÑORA DENUNCIA COMO HEREDEROS A SUS HERMANOS DE CRIANZA EN LA SUCESION DE SU UNICA HERMANA, AUN NO HAY DECLARATORIA DE HEREDEROS. EL PROBLEMA SURGE POR UNA INDEMNIZACION QUE LUEGO ESTA SEÑORA COBRA SIN DAR PARTICIPACION A SUS HERMANOS DE CRIANZA, QUE LE RECLAMAN SU PARTE. SI PUEDEN CONTESTARME SE LOS AGRADECERIA. ESPERO HABER SIDO CLARA
 #405730  por MARIADELIA
 
LO GRAVE ES QUE HAY MUCHO DINERO DE POR MEDIO Y EL ABOGADO DE LA OTRA PARTE ESTA DISPUESTO A TODO , ACUSAR DE ESTAFA HURTO, INICIAR UN COBRO JUDICIAL, DAÑOS Y PERJUICIOS ,LO QUE SE LE OCURRA PARA COBRAR
 #405735  por MARIADELIA
 
NO, SEGUN ME CUENTA MI CLIENTE FUERON ABANDONADAS, ELLA Y SU DIFUNTA HERMANA, CUNDO ERAN PEQUEÑAS Y UNA FAMILIA LAS CRIO, DENTRO DE ESA FAMILIA HABIA TRES HIJOS, LOS HERMANOS DE CRIANZA.
CUANDO SE PRODUCE EL FALLECIMIENTO COMO HABIA BIENES DE LAS DOS HERMANAS RECOGIDAS, LA SOBREVIVIENTE VA A UNA ESCRIBANIA Y DECLARA QUE DIVIDIRIA LA HERENCIA ENTRE LOS HERMANOS DE CRIANZA , EN EL JUICIO SUCESORIO.
NO SE COMO SU ABOGADA DE AQUEL TIEMPO PERMITIO ESTO
 #405738  por DoctorPiccafeces
 
De acuerdo a lo que entendí del relato, existe una sola persona con lazo de cosanguinidad con el causante, y otras personas que no lo tienen (lo que vos denominás "hermanos de crianza").

Estos últimos no tienen vocación sucesoria, porque eso solo viene por la cosanguinidad o matrimonio con el causante, y el concepto de "hermanos de crianza" no está contemplado por la ley, por lo cual a esos "hermanos de crianza" no les correspondería acrecer respecto del acervo que deja el causante.

Si bien no me explico como puede ser que esos "hermanos de crianza" hayan podido presentarse como reclamantes en un juicio sucesorio (los juzgados te exigen las partidas del caso para acreditar los vínculos necesarios para legitimar a los peticionantes), lo concreto es que la vocación sucesoria recae en quien tiene lazo de sangre con el causante por lo cual si el cobro lo hizo la persona que tiene ese lazo -es lo que entendí de tu relato- no habría reclamo alguno que prospere.

Eso salvo que la causante haya dispuesto de sus bienes por testamento o legado que modifique las cosas, no existiendo descendientes -al menos no lo mencionás- eso podría haber ocurrido y tendría que estar incorporado al sucesorio.

Igual, no me cierra que un "hermano de crianza" se haya presentado en una sucesión, salvo que haya usado alguna figura contractual para hacer valer un derecho (por ejemplo, una sociedad de hecho, como pretendió hacer la madre de Rodrigo en el sucesorio del cantante) pero no son los casos mas usuales.
 #406566  por Pato272727
 
¿Estás segura que estos hermanos de crianza no comparten una filiación legal? Ej. que las abandonadas no han sido reconocidas (falsamente) como hijas del padre de sus hermanos de crianza.