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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #405532  por estudiodeabogada
 
hola a todos , estoy re perdida por eso recurro a uds. intime en un caso de trabajador de la construcción en negro, mandé el primer telegrama, intimando pidiendo se aclare relación laboral, registración , bla, bla, bla....tambien mandé tel. a la afip, pero el empleador no responíó nada, tengo que mandar un nuevo telegrama para terminar con los envios pero no se cual tendría que ser el texto, alguien me podría ayudar? Gracias!
 #405611  por MORGAN
 
Es un despido indirecto como cualquier otro, la diferencia es que no se reclama indemnización por antiguedad ni preaviso que los suple el fondo de cese laboral. Se considera despedido y se intima por 48 horas a que haga entrega de libreta de fondo de cese laboral bajo apercibimiento de reclamar las multas del art. 18 Ley 22.250. Más la 24.013
 #405782  por DoctorJavier
 
Seguramente habras intimado bajo apercibimiento? si no te respondieron, atento al silencio hace efectivo el apercibimiento considerandote despedido e intima por 48 horas a que hagan entrega de libreta de fondo de cese laboral bajo apercibimiento de reclamar las multas del art. 18 Ley 22.250
 #406034  por doctorgauna
 
hola colegas,

me aqueja una duda... estoy con un caso similar. si bien coincido en que también se reclama 24.013: cómo calculo la multa del art. 15 de esta ley si no procede ni antiguedad ni preaviso? qué monto es el que duplico?

muchas gracias!
 #406444  por MORGAN
 
Decreto 2725/91 art. 5.