hola gente, tengo una duda, con una demanda laboral que se notifico por cd, según art 16 ley 11.653 según el articulo la parte podrá retirar las copias respectivamente en el plazo no superior de cinco días que se establezca, ....etc.el término de traslado comenzará a partir del vencimiento del plazo fijado para el retiro de las còpias.- Mi duda es, si los 5 días se cuentan a partir de la recepción de la carta documento.? o de la fecha en que fue enviada, la que aparece en la cd, como dice el art 17 son días hábiles. gracias por su colaboración, es la primera que recibímos. saludos