Espero que me puedan ayudar. Voy por parte del empleador, es una emrpesa constructora. Tiene un obrero que le dijo que cambiaba de trabajo, que al otro dia enviaba la renuncia. EN lugar d ela renuncia le llegó una intimación a registración de relación laboral con datos reales. bajo apercibimeinto de lo previsto en art. 8,9,10,11,15. ley 24013 y de consdierarse despedido. Y a que se le aplica el cct de los choferes.
Tengoq eu contestarala el amrtes!!!! , yo pienso, niego todo e intimo a que retome tareas bajo apercibimiento de consideraro despedido?? como es la construccion puede directamente depedirlo por finalizacion de obra que eso no implica indemizacion alguna, hago esto?. Lo real es que el obrero percibía una parte en engro y con otra categoría. Pero respceto del CCT, el que se aplica es el de la construccion. Alguna ayudita par acontestar??, tambén tengo la posibilidad de resgitrarlo en la categoria real este mes y luego despedirlo...
Tengoq eu contestarala el amrtes!!!! , yo pienso, niego todo e intimo a que retome tareas bajo apercibimiento de consideraro despedido?? como es la construccion puede directamente depedirlo por finalizacion de obra que eso no implica indemizacion alguna, hago esto?. Lo real es que el obrero percibía una parte en engro y con otra categoría. Pero respceto del CCT, el que se aplica es el de la construccion. Alguna ayudita par acontestar??, tambén tengo la posibilidad de resgitrarlo en la categoria real este mes y luego despedirlo...