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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #407804  por KELYNA
 
Colegas, me surgio una duda referente al art 84 de la LO:

Artículo 84. Los oficios dirigidos a jueces nacionales y/o provinciales y los exhortos serán confeccionados por las partes y firmados por el juez y el secretario en su caso, entregándose al interesado bajo recibo en el expediente.

Se dejará copia fiel en el expediente de todo exhorto y oficio que se libre.

Los pedidos de informes, testimonios y certificados, así como los de remisión de expedientes ordenados en el juicio serán requeridos mediante oficios firmados, sellados y diligenciados por el letrado patrocinante, con transcripción de la resolución que los ordena y que fija el plazo en que deberán remitirse.

Deberá otorgarse recibo del pedido de informes y remitirse las contestaciones directamente a la Secretaría con transcripción o copia del oficio.

El plazo para contestar el informe será de veinte (20) días hábiles si se trata de oficinas públicas y de diez (10) días hábiles cuando se solicitaré a entidades privadas.

Las partes deberán acreditar el diligenciamiento dentro de los sesenta días de la notificación del auto de apertura a prueba bajo pena de caducidad. (la duda que me surge es si estos 60 dias son hábiles? a contarse desde la notificación de la apertura a prueba.-

Desde ya agradezco el que me de una mano, saludos cordiales.-
 #407840  por drvallejos
 
Hola, te contesto: SON 60 DIAS DE CORRIDO!!!
Saludos,

Dr. Vallejos.
 #407842  por KELYNA
 
Mil gracias por responder, tenia la duda, mi socia me decia que eran habiles, por eso consulte.

En ese caso, si me notificaron del auto de apertura a prueba el 12/05/09, cuento 60 dias corridos pero le descuento las tres semanas de feria y sigo contando el plazo. es asi???