Profdelderecho escribió:Hola a todos:Hola, a la preg 1): solo el oficio; el testimonio es para los inmuebles, el lugar del testimonio va el 08
Algunas preguntitas en relación a este tema:
a) Para inscripción de la dec de herederos en el Registro de la Propiedad Autom, se necesita oficio y testimonio o sólo oficio???
b) El 08 se debe dejar también a confronte en el Juzgado???
c) Cual es el tramite posterior, tengo que llevar el oficio , el 08 al Registro, y el tramite de inscripción lo hago yo como letrada o tienen que venir los herederos conmigo lease en mi caso la conyuge y las hijas...o puedo autorizar a estas en el oficio
Si alguien me puede responder estas dudas se lo agradecería mucho. Saludos y gracias. Angeles
2) Mas que a confronte lo tenes que dejar para que lo firme el <secretario por el porcentaje del vehñiculo que tenía el causante
3)El trmite lo hace quien esté autorizado en el oficio... y se presenta el oficio y 08...
Saludos
