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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #407824  por Yumi
 
Buenos tardes colegas!.. en este oportunidad los molesto para consultarle lo siguiente:

Tengo que iniciar un divorcio por presentación conjunta. En principio entre las partes no hay inconvenientes. Las dudas son las siguientes.

1) Puedo representar yo a las dos partes, firmar yo por una y pedirle a un colega "que me firme" por la otra?
2) Los cónyuges no hace mas de 3 años que se casaron, pero hace mas de un año que no convivien, puede ser que me hayan comentado que se puede evitar la audiencia?. que es lo que tengo que peticionar para que lo hagan?.
3) En el patromonio solo existen dos bienes que son ganaciales, son dos automóviles. En cuanto estiman los honorarios totales?.

Gracias por sus opiniones!!!!
 #407863  por MG
 
Para representar a ambos cónyuges todo depende de dónde estas litigando, hay algunos que lo admiten...si te vas estrictamente a la Ley, tienen que haber transcurrido los 3 años de casados...hubo una jurisprudencia extraordinaria en lo innovadora que hizo lugar a la inconstitucionalidad del art. 215 C.C.
 #408105  por diegogvillamayor
 
hola, te respondo:

1.- En si no te conviene representar a los dos, el dia de mañana si hay que reclamar algo como tenencia, visitas o alimentos, o liquidar la soc conyugal no podes representar a ninguno.
Mi consejo siempre 2 letrados.
2.- salvo la jurisp que habla el colega anterior no se de casos que te permitan hacer el divorcio si no tienen los 3 años de casado, esa jurisprudencia es de un unico tribunal. La mayoria solo te da el divorcio con los 3 años de casados.
Claro este siempre tenes el contradictorio.
3-hace el divorcio y por separado por acuerdo de partes la liquidacion de la soc.
es mas barato y cobras 2 veces. Por esto el 10 % mas o menos esta bien, pero no se el valor de los autos.

saludos
 #408250  por Yumi
 
mmmm. osea que si no tienen mas de tres años de casados, ustedes creen que no prospera la presentación conjunta...
por otro lado, vos decis que se cobra el divorocio por un lado, y lurgo un convenio particionario por instrumento privado homologado, y por eso cobrás el 10% del valor de los bienes? .. entendí bien?

Gracias a ambos por colaborar!
 #408520  por diegogvillamayor
 
hola, si creo eso con respecto a los 3 años.
en cuanto a lo de la liqudiacion, no tenes que homologar nda.
es particion entre partes. NO SE HOMOLOGA NADA.
saludos.