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 #407991  por estudiojuridicointegral
 
Hola estimados foristas me salio la declaratoria de herederos en un sucesorio que inicie EN CAPITAL FEDERAL de un matrimonio (causantes) con 3 hijos herederos legitimos:

EL Fallo es el siguiente:

Buenos Aires, de agosto de 2009.-
AUTOS Y VISTOS:
I.Téngase presente.
II.Conforme lo dispuesto por el art. 19 de la ley 21.282 y atento lo que surge de las partidas de fs. 41 y 5 respecto de la fecha de fallecimiento de los causantes, declárese a las presentes exentas del pago del impuesto sucesorio.

Y CONSIDERANDO:.................................

RESUELVO: que por fallecimiento de ...... le suceden sus hijos ....., ......., ........ y su cónyuge supérstite .........., ésta sólo en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los que por ley le corresponden respecto de los gananciales; y que por fallecimiento de ...........le suceden sus hijos.........., ....... y ......... Regístrese y cese la intervención del Sr. Agente Fiscal.


PREGUNTAS:


EL PUNTO II DE LOS AUTOS Y VISTOS QUE SIGNIFICA?

AHORA COMO SIGO?
Mis clientes tienen pensado vender la propiedad, hay una inmobiliaria que esta a punto de venderla.
COMO PASO SIGUIENTE TENGO QUE PRESENTAR INFORMES DE DOMINIO E INHIBICION Y PAGAR TASA DE JUSTICIA (1,5% DEL VALOR FISCAL + UN 3% DE ESE MONTO EN CONCEPTO DE SOBRE TASA)? DENUNCIAR LOS DATOS DEL ESCRIBANO ENCARGADO DE REALIZAR LA VENTA POR TRACTO ABREVIADO?


ALGUIEN TIENE UN MODELO DE ESCRITO PARA TODO ESO?

La valuacion fiscal del bien es de $10.000 aproximadamente
la inmobiliaria vende la propiedad en u$s 100.000

si pido regulacion de honorarios cuanto me van a regular aproximadamente?

la tasa de justicia la pago en base a la valuacion fiscal obviamente... pero posteriormente para pedir regulacion de honorarios no puedo presentar en el expediente la valuacion real efectuada por la inmobiliaria para que me regulen honorarios sobre ese monto ya que se tendria que pagar tasa de justicia sobre ese valor ¿no?


GRACIAS
MARIELA
 #408600  por PAO33
 
tenes que presentar infome de anotaciones personales( de los causante, valuacion fiscal del bien, cedula cataltral del bien, pero te lo van a pedir cuando solicites la inscripcion del bien, que se realizara por tracto abreviado,por lo que contas y antes de liberar el bien te regularan honorarios por el valor fiscal. pagas tasa y sobre tasa de justicia.