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  • audiencia art. 40 ley 7676 prov cba

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #407882  por draamuchastegui
 
Foristas de la provincia de COrdoba, necesitaria que me orienten en cuanto a lo siguiente:
Voy por la actora en incidente solicitando aumento de cuota alimentaria, el demandado nunca comparecio, no opuso excepciones.. Fue declarado rebelde y decaido el derecho dejado de usar. Mi duda es la sgte: Habiendo sido fijada fecha y hora de audiencia (art 40) y pese a estar debidamente notificado.. el mismo no asistio como asi tampoco justifico su inasistencia.. En este caso como sigo? Es posible que se fije una nueva fecha de audiencia.. O por el contrario, por ser tramitado como incidente pasan los autos a resolver??
Si alguien tiene mas experiencia me podria contestar GRACIAS
 #408828  por lucrecia091
 
por diligencia pedir que pasen los autos a despacho a resolver directamente y que el juez resuelva la cuestion relativa al aumento si ya se lo declaro rebelde para que citarlo de nuevo.