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  • Causante y cónyugue en el extranjero, inmueble acá...

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 #40874  por CECILIA2
 
Les comento cómo es la situación, la causante falleció en Italia, pero tenía un inmueble en Argentina.
La sobrevive su cónyuge quien reside en Italia (y no quiere saber nada con abogados).
En Argentina están las hermanas de la causante, ellas y el marido se pusieron de acuerdo para que se queden con el inmueble, pero este buen hombre no quiere firmar nada...
La pregunta es, si yo sigo adelante con la sucesión, en la que debo presentar traducción del certificado de defunción, y este dice "casada", se publicaran los edictos y el marido no se presentara, es probable que la declaratoria sea en favor de las hermanas de la causante??? Mil gracias.-
 #40889  por doctoramanero
 
Encantada: vos iniciá la sucesión y exigi su firma; no te adelantes; después de todo ese inmueble si tiene herederos deben por derecho inscribirlos a su nombre mediante declaratoria a favor, es complicado, pero vas a tener que hablar antes con el consulado italiano para ver que te recomiendan, la verdad jamás me pasó que se negaran a firmar, más si encima esa persona no quiere el bien; en fin; a tus órdenes; suerte.-
 #40905  por Lilyan
 
Mirá podés arriesgarte a hacer lo que proponés, pero tenés documentación para justificar último domicilio en Argentina?.
Si no es así, lamentablemente, por aplicación de las normas de derecho internacional privado, entiendo que el juicio sucesorio debe tramitar en Italia, y la capacidad para suceder también se rige por el derecho italiano, sean los sucesores nacionales o extranjeros.
ref. 3283, 3284 y 3286 CCiv.
Igual esperá otras respuestas, porque nunca tuve un caso similar.
Suerte.
 #40946  por doctoramanero
 
Hola: claro, me faltó la parte superior de que falleció en Italia, asi que es como te apunta "Lilyan", por eso acercate con más razón al consulado de Italia; suerte.-
 #383219  por pincha
 
Hola Colegas , tengo un asunto donde son dos hermanos que fallecen uno en Brasil y otro en Italia ninguno tiene descendencia ni conyuge,queda una prima que vive en Argentina.Estos tenian a su nombre dos lotes en la provincia de buenos aires, la prima quiere a iniciar la sucesion para escrituar los lotes a su nombre,pero no se como hacer para conseguir los certificados de defuncion de los mismos, me pueden dar una mano asi inicio la sucesion, muchas gracias.
 #383241  por CARLOSPATRICIO
 
Lilyan escribió:Mirá podés arriesgarte a hacer lo que proponés, pero tenés documentación para justificar último domicilio en Argentina?.
Si no es así, lamentablemente, por aplicación de las normas de derecho internacional privado, entiendo que el juicio sucesorio debe tramitar en Italia, y la capacidad para suceder también se rige por el derecho italiano, sean los sucesores nacionales o extranjeros.
ref. 3283, 3284 y 3286 CCiv.
Igual esperá otras respuestas, porque nunca tuve un caso similar.
Suerte.


Civil y comercial
B2002876


Sucesión - Competencia
Sumario 1 de 1

Existe la posibilidad de acudir, en materia sucesoria, al "foro del patrimonio", cuyo fundamento normativo anida en la aplicación analógica del artículo 16 de la ley 14.394, que para la declaración de ausencia con presunción de fallecimiento y la designación de curador de bienes, toma como punto de enlace de la jurisdicción, entre otros, al lugar en que existiesen bienes abandonados. Confluye en la integración de normas de jurisdicción internacional de fuente interna, relativas a los procesos sucesorios, las previsiones que al respecto consagran los Tratados de Montevideo de 1889 (art. 66) y 1940 (art. 63), que permiten la concurrencia de tantos foros sucesorios como lugares de radicación de bienes hereditarios existan.

CC0002 SM 54572 RSD-114-4 S 15-4-2004 , Juez MARES (SD)

CARATULA: Favorito de Rey, Mirta Hébe s/ Sucesión Ab-Intestato
MAG. VOTANTES: Mares-Scarpati
 #385558  por olmedo357
 
Si el inmueble está acá, la sucesión tenés que abrirla en argentina. Art. 10 del Cod. Civil. Salvo que haya un sólo heredero que viva en el exterior, en cuyo caso habría que analizarlo, pero en principio tenés que abrirla acá