Hola!!!! Estaba chequeando el convenio de empleados de estaciones de servicios (521/07) y el mismo dice en su articulo 61 que el periodo de prueba es de: 12 MESES??? Si lo hechan dentro del año no le abonan la indemniacion del art. 245 y correspondientes??? No creo que sea beneficioso para el trabajador que se aparten de esa forma del régimen de la LCT.
Si alguien puede confirmarme se lo agradeceré mucho!
Saludos y gracias!
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Saludos y gracias!