Colegas, en un par de días tengo mi primera audiencia art. 360 en mi primera filiación, ocasión en la que además se realizará la absolución de posiciones.
Voy ya con un dictámen de la Asesora de Menores en donde aconseja que se realice en forma inmediata la prueba de ADN, con la que además concuerda el demandado. La pregunta es la siguiente y con el tema del daño moral que todavía no fue planteado, y teniendo en cuenta que el demandado indica que nunca fue puesto en conocimiento de su paternidad, qué alternativa tengo de que se produzca la prueba restante, de donde surgiría que tuvo el conocimiento pero no procedió a inscribirlo como hijo propio.
Apelo a vuestra experiencia, cualquier consejo siempre es tenido en cuenta.
Saludos y gracias
Voy ya con un dictámen de la Asesora de Menores en donde aconseja que se realice en forma inmediata la prueba de ADN, con la que además concuerda el demandado. La pregunta es la siguiente y con el tema del daño moral que todavía no fue planteado, y teniendo en cuenta que el demandado indica que nunca fue puesto en conocimiento de su paternidad, qué alternativa tengo de que se produzca la prueba restante, de donde surgiría que tuvo el conocimiento pero no procedió a inscribirlo como hijo propio.
Apelo a vuestra experiencia, cualquier consejo siempre es tenido en cuenta.
Saludos y gracias