Buenos días.
Agradecería si alguien me da una sugerencia respecto al siguiente tema.
En una relacion totalmente en negro donde el trabajo de la persona se desarrollaba en Capital Federal para una empresa de La Pampa que no tiene domicilio alguno en la Capital, luego del intercambio telegráfico (la empresa principal jamás respondió los telegramas pero si las empresas intimadas en virtud del Art. 30 LCT), al solicitar audiencia en el Seclo sólo tomaron como parte requerida a las empresas obligadas solidariamente con domicilio en Capital Federal, no al empleador principal.
Hablé con la Secretaria del conciliador y me dijo que si el empleador principal no tiene un domicilio en Capital ni siquiera en la primer audiencia puedo pedir la citación para la segunda audiencia.
Quisiera saber si puedo hacer algo al respecto.
Desde ya, Gracias!
Agradecería si alguien me da una sugerencia respecto al siguiente tema.
En una relacion totalmente en negro donde el trabajo de la persona se desarrollaba en Capital Federal para una empresa de La Pampa que no tiene domicilio alguno en la Capital, luego del intercambio telegráfico (la empresa principal jamás respondió los telegramas pero si las empresas intimadas en virtud del Art. 30 LCT), al solicitar audiencia en el Seclo sólo tomaron como parte requerida a las empresas obligadas solidariamente con domicilio en Capital Federal, no al empleador principal.
Hablé con la Secretaria del conciliador y me dijo que si el empleador principal no tiene un domicilio en Capital ni siquiera en la primer audiencia puedo pedir la citación para la segunda audiencia.
Quisiera saber si puedo hacer algo al respecto.
Desde ya, Gracias!