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  • Apela dictamen de comision medica por incapacidad

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #410993  por Caryto
 
buenas gente, no tengo mucha experiencia en temas de ART y accidentes de trabajo, estuve leyendo bastante pero me surgen dudas.
Tengo un caso concreto de un hombre que fue operado en 2005 por rotura de meñiscos de su rodilla derecha, todo por ART. Como continuó con molestias reingresó el caso y recibio el alta en mayo de 2009. Se le determino una Incap. parcial permanente de 3.60%, pero el refiere que no puede realizar muchos movimientos y que los dolores persisten (es técnico en aires acondicionados, y el accidente lo sufrió en ittinere ). Estamos según lo que estuve revisando a tiempo de apelar ese dictamen ante la Comisión medica central. (vencería el jueves)
Mi pregunta concreta es: en el escrito de apelacion tengo que expresar los agravios y fundarlos con pericia médica, o el procedimiento es informal y alcanza con mencionar que no esta de acuerdo con el grado de incapacidad determinado por la comision jurisdiccional?
Como ven estoy bastante perdida! Alguien por favor podría guiarme sobre los extremos que deberia acreditar en la apelación y como seguiría todo esto. Muchas gracias.
 #411480  por abogalo
 
solamente se puede apelar el dictemen de la comision médica, pero aparentemente no es eso lo que queres hacer, interpreto que queres llegar a ella mas q apelar lo q ella dijo. para eso alcanza con que el trabajador firme en disconformidad el alta de la ART, otra opcion es ir a la delegacion de la comision mas cercana a tu domicilio y llenar los formularios que te dan. Si lo que queres es apelar la decision de la comision medica tenes que presentar un escrito en la misma comision apelando nada mas, se fundamenta ante el juez. Suerte
 #411855  por pitu
 
lo que podes hacer también es no apelar nada e iniciar la demanda judicial directo (obviamente planteando la inconstitucionalidad de los art 21, 22 , 46 y cctes de la LRT), esto, claro esta, si estas segura que su incapacidad es mucho mayor a la otorgada ...

corrijanme si me equivoco, pero para mi es asi
 #412358  por lorenam
 
Colegas: Es increible que tema las ART. En lo personal me cuesta bastante interpretar los procedimientos de esa Ley.
Pero estimo que seria de este modo:
Si la Comision medica de la ART fijo incapacidad debemos manifestar la disconformidad en algunos casos lo hacen con la firma y dejando constancia de la disconformidad, en otros a traves de un formulario.
Ya con eso firme nos dirigimos a la Comision Medica Central para que revise el tema y exprese su dictamen.
De todos modos como el procedimiento es costoso y el trabajador debe perder dias de trabajo para poder realizarlo, muchas veces no se agota esta via administrativa y se recurre directamente a la via judicial pero para ello es necesario pedir la inconstitucionalidad de la Ley de Riesgo en los Art. 21,22,46 y me falta uno que no me lo acuerdo.
De este modo saltamos el procedimiento administrativa y reclamamos judicialmente pero con la inconstitucionalidad bien solicitada.
Considero que el hecho de no haber agotado el paso administrativo no puedo exonerar de responsabilidad.
No esta demas aclarar que debemos demandar al empleador y a la ART, porque finalmente la ART se libera y el empleador es el que paga.
Espero que mi aporte pueda ayudarte en algo