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  • CONVENIO POR DIVORCIO POR PRES. CJTA. LOS DOS LETRADOS ?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #410346  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola a todos. En el caso típico del divorcio del 214 inc. 2 ( y por presentación conjunta ),en el cual los clientes son de uno de los letrados, el otro se limita a firmar los escasos escritos que suelen ser necesarios (básicamente la demanda ), aclarando que se ha convenido un porcentaje en su favor : Hay alguna forma de que sea sólo el letrado " principal " quien firme el convenio con ambos clientes y el otro se limite a renunciar a solicitar regulación de honorarios, por ejemplo ? Ya sé que la alternativa lógica es que cada uno firme su respectivo convenio con quien va a patrocinar, el tema es que pedirle al colega firmar convenio por un monto bastante pequño me parece un poco abusivo... se les ocurre otra alternativa ? Alguna experiencia ? Saludos.
 #411300  por Pilusa
 
Hola Gastón.- Entiendo que no hay inconveniente en que uno solo de los letrados celebre un convenio de honorarios con su cliente y el otro letrado no celebre ningún convenio y cobre lo que le regulen. El Tribunal no sabe que en realidad como vos decis "los clientes son de uno de los letrados, el otro se limita a firmar los escasos escritos que suelen ser necesarios (básicamente la demanda "(Sic)
No se si mi respuesta se adecúa a lo que qusiste preguntar. Cualquier cosa ampliame o aclarame. Yo vuelvo a entrar en un rato en el foro. Igaulmente esperá opiniones de otros colegas por las dudas.-Saludos
 #411867  por gaston ramiro gonzalez
 
Gracias, pilusa, por responder ( yo lo hago recién ahora porque a veces pasan días enteros sin tiempo para entrar al foro ). Lo que yo preguntaba era otra cosa : si uno solo de los letrados puede celebrar convenio con los DOS clientes y que el otro se limite ( es lo que se me ocurrió ) a manifestar su conformidad con el convenio y expresando su renuncia a solicitar regulación, precisamente. Sé que es un poco traído de los pelos, por eso queiro saber cómo lo resuelven los colegas. Tal vez mi confusión venga de que identifico celebración de convenio con obligación de facturar , por eso ( los clientes son míos ), no quiero poner al colega que va acompañarme en el patrocinio ( y con el que pacté 20 % de los honorarios ), en la obligación de facturar. Si alguien me aclara el panorama, bienvenido. Por último, te digo que la frase que te sorprendió ( la que alude a la cantidad de escritos necesarios ), refleja una realidad. Si no hay ningún tropezón, va la demanda, algún escritito notificándose las partes de la sentencia, oficio para inscribir, testimonios... y chau ! Saludos.
 #411919  por Pilusa
 
Hola Gastón. Yo no firmaría un convenio de honorarios con los dos clientes cónyuges que se están divorciando.-Por algo exigen (en algunos tribunales no) que cada parte sea patrocinada por un letrado distinto. No me cierra lo que planteas. ¿Es imprescindible que celebres convenio? En caso afirmativo hacelo solo con el cliente que vas a patrocinar.- En cuanto a que el otro letrado no facture, tampoco lo veo. Te cuento lo que hago yo en casos similares(los dos clientes-conyuges- son mios): No celebro ningún convenio. Yo patrocino a uno y un abogado amigo(de suma confianza) al otro. Una vez que regulan honorarios ambos manifestamos haberlos percibido e integramos aportes e ingresos brutos. Si yo manifiesto eso en el expediente sí o sí hago recibo(facturo) oficial.Al colega que me hace la gauchada de de firmar le abono una suma previamente pactada en concepto de honorarios, todos los aportes e ingresos brutos y cualquier otro gasto. Asi me manejo con él y el conmigo.Claro está que si el caso es mio hago yo todo el trabajo y el colega solo firma y viceversa.
En cuanto a tu frase que cité textualmente, no me sorprendió. La cité para abreviar.Es cierto que el laburo lo hace el que tiene a ambos clientes. Estoy de acuerdo con vos.
A lo mejor te hice un embrollo. Espero haber sido + o - clara. Igual esperá otras opiniones. Saludos
 #414260  por gaston ramiro gonzalez
 
Vuelvo a agradecerte tu respuesta ( esta vez te contesto más tarde que nunca ). Entiendo lo que me planteás, y en ese caso( solicitando regulación de honorarios ) sería más fácil para mí resolver el tema. Más aún tratándose de un divorcio en Capital , donde no existen los aportes que se hacen en Pcia.Pero no es el caso, acá vamos a firmar convenio ( me manejo así con cualquier tipo de juicio, y en este caso los clientes quieren saber exactamente, y de antemano, cuáles van a ser los honorarios ), por lo que me imagino que tb mi colega ( que , como vos sugerís, es de plena confianza ) va a tener que facturar su parte, aunque sea mínima. Gracias de nuevo. Saludos.