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  • PERITO - MEDIDA CAUTELAR

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #412254  por jaz
 
Les consulto nuevamente. El perito contador, el que le hago los obros de honorarios, me consulta acerca de que medida puede tomar para asegurarse el cobro de sus honorarios ya que ultimamente no los puede cobrar. Y enlaboral no dan adelanto de gastos. Me dice si es posible pedir aguna medida cautelar o entrar en algún embargo que haya hecho la actora, para que llegado el momento le paguen a él primero. Es posible esto??? nunca lo vi...
 #412599  por jaz
 
Saben como ace un perito para asegurarse el cobro de sus honorarios?? tengo que responderle hoy (llama constantemente este perito) y aparte quiere saber cuanto le sale...
 #413029  por luc
 
Jaz, la verdad es que no se. Pero creo que una medida cautelar no sería fácil que te la dan. Cómo probaría el hecho del peligro en la demora??
 #413043  por Tuiti
 
Una vez regulados/notificados/firmes los honorarios del perito, si no se los pagan puede ejecutarlos.Con el inicio de la ejecución podrá pedir la cautelar, antes no.
 #413048  por Tuiti
 
Me olvidaba : Deberá pagar Gastos y Costas como en cualquier ejecución.
 #413906  por jaz
 
gracias TUTI, o sea el peirto no puede resguardar sus honorarios de ninguna forma? tiene que es perar a que haya sentencia?. Y en un exte. que hay un embargo trabado sobre los biene de la actora, el exte. está en prueba, puedo pedir que una vezregulados los honorarios del perito primero le paguen a el y luego a los demás?? es un pericia importante y saben que esta empresa se va a vaciar....
 #414011  por Tuiti
 
jaz escribió:gracias TUTI, o sea el peirto no puede resguardar sus honorarios de ninguna forma? tiene que es perar a que haya sentencia?. Y en un exte. que hay un embargo trabado sobre los biene de la actora, el exte. está en prueba, puedo pedir que una vezregulados los honorarios del perito primero le paguen a el y luego a los demás?? es un pericia importante y saben que esta empresa se va a vaciar....
Jaz , por lo que yo he visto ,cuando se regulan los honorarios de los letrados intervinientes en la causa se regulan también los honorarios de los peritos ; y para cobrar debe seguir los pasos del CPCC.
Te imaginás que si pudiera pedir una cautelar antes de hacer una pericia , todos los abogados pediríamos una cautelar también al iniciar una causa para resguardar y asegurar nuestros honorarios.
Y si la empresa se "vacía" y entra en Concurso o Quiebra, deberá presentarse a verificar su crédito por honorarios regulados en sentencia.
Recordá que el perito puede intentar cobrar sus honorarios al actor o al demandado , sin importar quien ganó el juicio,salvo excepciones establecidas también en el CPCC.
 #414099  por jaz
 
Gracias Tuiti! tenés razón. Es que vi tantas veces que se quedó si cobrar (es más que dificl cobrarle al actor) y pensaba que quizá había alguna medida que desconocía. Gracias.
 #414302  por jaz
 
Sigo pensando, el demandado ya tiene embargo trabado, para asegurarse tanto el pago de la deuda laboral como el pago de los honorairos...entonces , por que no caminaría para el perito??? Perdón, pero se que el perito me va a hacer este planteo y no quiero quedarme callada! yo pienso que no caminaría por que nunca lo ví, pero buno en relidad mi experiencia no es demasiada...
 #415219  por luc
 
Me llama la atenció que el demandado esté embargado sin sentencia, no tengo mucha experiencia, pero creía que el embargo o cualquier otra medida procedía una vez que haya sentencia firme....En que se fundaría la perito para pedir una medida caultear?
 #432778  por kikd
 
mirá yo trabajo con peritos, y la verdad no veo viable que te den una cautelar por eventuales honorarios, para mi el fundamento es que el perito es un auxiliar (art 478 Cpr de la Nac de la justicia) no es parte, y es un trabajo a resultado como el nuestro, no??. Por otro lado, puede aceptar o no el cargo, teniendo en cuenta el riesgo que asume. Tal como te dice el otro colega, en la practica debe esperar que se regulen honorarios, esten firmes , y si no los puede cobrar iniciar una ejecución de honorarios y ahi si pedir un embargo; y en todo caso cobrar el 50% a la otra parte. Si llegas a averiguar u obtener un resultado a favor de la medida cautelar, por favor comentalo porque sería sumamente interesante.