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  • AYUDA! regimen de visitas/tenencia

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #413994  por maria80
 
Colegas, como les va, resuta que solicite el regimen de visitas para el padre de un menor de 8 años que esta en tratamiento psicologico, el padre no lo ve casi un año, todavia no fuimos a ninguna audiencia, el padre ya esta cansado porque la madre se lo llevo a otra provincia y le impide toda comunicacion, el padre me plantea la posibilidad de pedir la tenencia, aunque es dificil, ¿podria hacer alguna presentacion en el juicio del regimen de visitas, solicitando ahora la tenencia?, les cuento que en la demanda me reservé el derecho de pedir la tenencia ante nuevos impedimentos de la madre de obstaculizar el vinculo.....
Les cuento tambien que el padre esta dispuesto a solicitar la tenencia sea cual sea el resultado, pero el lo quiere hacer.
Cabe la posibilidad que presente un nuevo escrito?, como seria la mejor manera?
Por favor espero sus respuestas
 #414051  por ULPIANO7
 
Veo muy difícil que prospere si no hay causas graves imputables a la madre que la detenta.Talvez ,sería mas prudente formular denuncia de impedimento de contacto ,demostrar fehacientemente la obstrucción y pedir que se cumpla el régimen de visita pautado ,eso como primera medida y ver que pasa.Saludos cordiales.
 #414141  por maria80
 
Ulpiano como estas, pero resulta que si la madre se lo llevo de un dia para el otro a otra provincia, ella no quiere volver para donde esta el padre y el no quiere viajar, porque la culpa a ella. es una situacion dificil, y el quiere solicitar la tenencia, y en ese caso el si se compromete a que la madre vea a su hijo y a llevarlo donde esta la madre.
Te agradeceria algun comentario. Saludos
 #414159  por ULPIANO7
 
Hola,como te decía anteriormente es muy difícil que a una madre le quiten la tenencia de un hijo,lo cual no implica que si el cliente te pide que solicites la tenencia no lo puedas hacer ,sólo que tendrás que advertírle que las posibilidades de éxito son escasas . Si existe un regimen de visitas que no se está cumpliendo habrá que denunciar el incumpliento y articular los mecanismos que estipula la ley para conseguír su efectivización ,si el objetivo es permitír el contacto entre padre e hijo.Vos tenés conocimiento del expediente y de los argumentos que tenés para pelearle la tenencia.Yo honestamente ví contados casos donde le quitan la tenencia a la madre y siempre imputable a inconducta o inhabilidad de ésta para ejercerla .Espera a ver que te dicen los demás colegas.Saludos.
 #414167  por ULPIANO7
 
María por ahí lo podés encaminar por el lado de la ley 24270:
LEY 24270 Impedimento de contacto de hijos con sus padres


(Sanc. 3/XI/1993; prom. de hecho 25/XI/1993; "B.O.": 26/XI/1993)

Art. 1.— Será reprimido con prisión de un mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes.

Si se tratare de un menor de diez años o de un discapacitado, la pena será de seis meses a tres años de prisión.

Art. 2.— En las mismas penas incurrirá el padre o tercero que para impedir el contacto del menor con el padre no conviviente, lo mudare de domicilio sin autorización judicial.

Si con la misma finalidad lo mudare al extranjero, sin autorización judicial o excediendo los límites de esta autorización, las penas de prisión se elevarán al doble del mínimo y a la mitad del máximo.

Art. 3. — El tribunal deberá:

1) disponer en un plazo no mayor de diez días, los medios necesarios para restablecer el contacto del menor con sus padres;

2) determinará, de ser procedente, un régimen de visitas provisorio por un término no superior a tres meses o, de existir, hará cumplir el establecido.

En todos los casos el tribunal deberá remitir los antecedentes a la justicia civil.

Art. 4.— Incorpórase como inc. 3° del art. 72 del Código Penal el siguiente:

Inciso 3°: Impedimento de contacto de los hijos menores con sus padres no convivientes.

Art. 5.— Esta ley se tendrá como complementaria del Código Penal.

Art. 6.— [De forma].


Hay numerosa jurisprudencia al respecto.
 #414368  por cresta
 
Consulta yo inicie para mi cliente una denuncia por la ley 24270 (impedimento de contacto).Lo que logramos fue traer a la madre a la audiencia para formularle una propuesta sobre alimentos y régimen de visitas la que no fue aceptada. Ahora dicha denuncia se cerro y la madre inicio con juicio de tenencia y alimentos. Tenemos la primera audiencia el 02 del 09. Como puedo hacer valer esto que iniciamos anteriormente en esta audiencia? Porque el padre prácticamente no lo conoce al hijo, hubo impedimento y no hay contacto alguno entre ellos. La abogada pide alimentos elevados y 1 día por semana el cobra $1800 y le piden 700 de alimentos. Necesitaría una ayuda con este tema, sobre todo en lo que hace a la negociación del acuerdo. gracias colegas
 #414905  por maria80
 
Primero que nada gracias por sus respuestas. Segundo contestando a Cresta según lo que pienso, SI ES QUE CONTESTAS la demanda: 1. presentá como pruebas ese expediente que vos iniciaste (pedi que se libre oficio al juzgado respectivo), 2. propones un porcentaje que por hijo el minimo son 15 %
3. un regimen de visitas ya que ella quiere tenencia y te cerras en eso
4. acompañando tambien toda documentacion que pruebe los gastos de tu cliente.
y la otra opcion es QUE SI LLEGAS A UN ACUERDO HABLADO con el otro letrado, le propongas todo eso y si acepta o acuerdan se vuelque el en convenio en la audiencia.


AHORA mi ultima pregunta es si quiero plantear la tenencia, si en el mismo expediente debo presentar un escrito. Gracias!
 #417391  por VeroZAva
 
buenas noches, mi consulta es la siguiente: hay regimen de visitas a una menor de 3 años. Martes y jueves de 9 a 13 hs y fines de semana por medio sabado de 12 a domingo a 16 hs. Cabe aclarar q el padre( a quien represento) vive a 30 kms del lugar de residencia de la niña, con los gastos q esto conlleva. Ahora bien, el juez en la audiencia dijo q el regimen podia ser modificado charlando entre las partes, ya q el padre viaja(es su medio de vida), pero cuando es el papa quien necesita, por su trabajo, pedir un cambio ella no lo acepta, y de hecho, si el no esta no puede su familia retirar a la menor. En el regimen esto esta previsto, pero ella no lo cumple. Se fijo para dentro de 15 dias una audiencia, pero como es pedida por la madre, y pidio ampliacion de la cuota alimentaria ( muy alta e imposible de pagar) ella no va a estar presente. Habiendo relatado la situaciòn quisiera saber si puedo pedir mediante un escrito q en esa audiencia se trate tambien la ampliacion del regimen de visitas y retiro, ya q se acercan las fiestas, vacaciones, cambios de horarios en el colegio, etc. Y en caso de ser posible, necesitaria me pasen un modelo. Tambien, si es posible, quisieramos solicitar pericias psicologicas y ambientales de la madre, ya q es una lkucha constante el trato con ella. DEsde ya, muchas gracias. SAludos
 #421156  por c356
 
Buenas noches Verozava
Si fueras abogada sabrias que hacer ... por si no leistes el portal es para ABOGADOS
 #421221  por VeroZAva
 
Buenas noches c356: todos tenemos dudas en muchos temas, por eso està este foro. Para ayudarnos, nadie puede saber sobre todos los temas, además hasta ahora nadie se ha quejado de los aportes q he hecho en un tema especìfico, y a todos los q han consultado les he contestado de la mejor onda y sin ningun inconveniente, sabiendo q muchos no son abogados. Y a los q lo son, les he contestado tambien, porq como escribi arriba, nadie sabe todo de todo y nadie es dueño de la verdad. Existen muchas verdades y muchas màs interpretaciones de la misma.Espero no molestarte con mi respuesta. Saludos
 #421243  por c356
 
Buenas noches
no me molesta tu respuesta ni tu consulta Pero como hombre del derecho me indigna que intenten fingir ser abogados cuando resulta tan obvio que no lo son... Saludos.
 #432443  por lffv
 
Estimado colega:
Es claro que si se obstruye al hijo el contacto con su padre, la madre está cometiendo el ilícito previsto en la Ley 24.270. La víctima ES EL HIJO y no el padre. Es al HIJO que la ley protege, en consonancia con la Declaración sobre los Derechos del Niño.
Los Jueces y los Fiscales, mal que les pese a los feministas, están OBLIGADOS a aplicar la ley en defensa del niño.
Por otra parte, la Ley 26.061 establece que el niño tiene derecho a vivir en su CENTRO DE VIDA -con independencia de lo que quiera su madre- (art. 3º inc. 'f'), que es "el lugar en donde el niño ha pasado la mayor parte de su existencia". Este es el interés superior del niño.
Esta ley establece que la Convención sobre los Derechos del Niño es de orden público y de cumplimiento obligatoria por Jueces y Fiscales. Si es de orden público, entonces está por encima de cualquier derecho invocado por de los padres en el conflicto matrimonial o de pareja, que se rige por el derecho privado.
De todo esto se desprende que el padre -que ejerce la representación legal de sus hijos- puede reclamar por ellos con toda la fuerza de ley para recuperar a los hijos que fueron llevados por la madre a otra provincia. No va a ser fácil, pero tiene todo el derecho de protestar hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos, si hiciera falta. ¿La madre se llevó al niño a otra provincia autorizada por la Justicia? Si no hay autorización expresa, NO tiene ningún derecho de llevárselo a ningún lado que no sea su CENTRO DE VIDA.
Luis Ferreyra Viramonte
Córdoba