jeanvaljean02 escribió:¿cuáles son los presupuestos jurisprudenciales del estado de sospecha?hola, obviamente no soy el mas autorizado, pero por lo q yo estvo investigando: la regla, conforme a la constitucion, es que la detenciones q pueden llevarse a cabo sonlas ordenadas por la autoridad cometente (juez). Solo como exepcion - y dentro del estricto margen que la ley procesal otorga - pueden detener o aprehender personas solo en los casos alli establecidos.
el gran problema se presenta cuando se trata de detenciones policiales, cuando estos consideran q existen indicios vehementes de culpabilidad. Aca deben extremarse los requisitos para tener por válidos esos procedimientos, resultando imprescindible que se verifiquen, ANTES DEL ACCIONAR POLICIAL, motivos serios, objetivos, concretos específicos y razonables que lleven a los agentes a sospechar del sujeto pasible de la detencion.
La verdad es que no hay un criterio definido sobre que se entiende por "actitud sospechosa" pero hay precedentes de la Corte que se refieren a eso (casos "tumbeiro", "fernandez prieto", "monzon" y "szmilowsky") en los q no se llega a una decision unanime.
Pd: moniluj te conteste el mje privado.
GALO