Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • busco jurisprudencia contraria a art.1 y 2 ley 25323

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #414867  por adriana
 
Hola Foro, estoy contestando una demanda, y la actora pide la aplicacion del art 1 y 2 de la ley 25323, queria saber si me pueden orientar con jurisprudencia . Busco jurisprudencia que vaya por el lado de la no aplicacion de estos articulos.
gracias
adriana
 #415239  por adriana
 
hola, el caso es que mi clienta empleador, intimo a justificar ausencias sin aviso a la trabajadora, y esta intimo que aclare situacion laboral, se considero despedida y pide aplicacion art. 1 y 2 de la 25.323, por q su fecha de ingreso no es la real, hecho que es falso.
y dice que debió reclamar enviando telgramas y llegar a la demanda para poder cobrar.
 #415295  por abel1981
 
Adriana mira en primer lugar si yo fuera el abogado de la parte contraria hubiera intimado por medio de la ley 24013 y no por el art 1 de la ley 25323 por ser mas beneficiosa aquella norma en cuanto al monto de indemnizacion.
segundo adriana te pediria si nos aclaras un poco mas la situacion detalladamente para que te podamos ayudar, porque no creo que necesites jurisprudencia de dicha ley para este tema.
Si el trabajador no se estaba presentando a prestar tareas el empleador debia intimarlo a que retome tareas bajo apercibimiento de considerarlo incurso en abandono de trabajo y al mismo tiempo que justifique sus inasistencia bajo apercibimiento de suspension disciplinaria. Si el mismo no se presentaba considerarlo despedido y si se presenta y no justifica las inasistencias aplicarle dicha suspension.
 #415298  por DAL
 
No hay supuestos de inaplicabilidad de la ley per se. A diferencia de la 24013 no tiene mayor recaudo que intimar fehacientemente el pago de las indemnizaciones. Fijate si lo hizo. De lo contrario hay que ganar el fondo, acreditar que no es esa la fecha de ingreso.