HOLA! TENGO EL CASO DE UN CLIENTE QUE TRABAJA EN UN COMERCIO GASTRONOMICO. ESTA PERSONA ARREGLO DE PALABRA CON SU JEFE "SER SOCIOS" Y LE ENTREGO A ÉSTE MAS DE $50.000 PARA ESA SOCIEDAD. RESULTA QUE SOLO RECIBIO A CAMBIO UN RECIBO EN EL QUE CONSTA LA ENTREGA DEL DINERO. AHORA SUCEDE QUE EL JEFE SE QUEDO CON ESA PLATA Y JAMAS COMPARTIO CON ÉL LAS GANANCIAS DEL NEGOCIO, QUEDANDO MI CLIENTE SIN SU PLATA Y SIN LSA GANANCIAS DE ESA SUPUESTA SOCIEDAD.
ESTE CASO SE CONFIGURARIA EN EL ART 73 DEL CP POR DEFRAUDACION?
ME CONVIENE ARRANCAR INTIMANDOLO POR CARTA DOCUMENTO?
GRACIAS
ESTE CASO SE CONFIGURARIA EN EL ART 73 DEL CP POR DEFRAUDACION?
ME CONVIENE ARRANCAR INTIMANDOLO POR CARTA DOCUMENTO?
GRACIAS