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  • Domicilio codemandado cerrado, volvio la cedula

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #414948  por DoctorJavier
 
Hola resulta que en un juicio que tramita en capital, donde hay dos demandados la cedula con el traslado de la demanda a uno de ellos volvio sin notificar, toda vez que el domicilio se encuentra cerrado, es un local comercial y nadie responde a los llamados del oficial notificador.
Cabe aclarar que la demandada es una Sociedad Comandita Simple. El juzgado atento a lo informado por el Of. Not. me intima para que denuncie el correcto y actual domicilio de la demandada. Yo se positivamente que el local esta cerrado, Que hago? Pido que se notifique bajo responsabilidad de la parte actora directamente? o pido se libre oficio a la IGJ para que informe cual es el domicilio legal de la demandada?
 #415082  por KELYNA
 
Yo optaria por la segunda, pedi se libre oficio a la IGJ a fin de conocer el domicilio legal.

Ya que si pedis bajo responsabilidad ahora, y no llegará a ser el correcto, te pueden plantear una nulidad mas adelante.
Saludos
 #416269  por DoctorJavier
 
Hola KELYNA, ante todo gracias por tu aporte, te pregunto: vos decis que la demandada pudo haber cambiado de domicilio legal? mirá que es una Sociedad Comandita Simple y en el Boletin oficial como ultimo domicilio legal publican el que denuncie yo. Nose si arriesgarme a pedir directamente bajo responsabilidad o perder el tiempo y pedir oficio a la IGJ y cubrirme ante cualquier futuro planteo de nulidad.
Lo ideal seria lo segundo, pero yo no creo que la sociedad haya cambiado el domicilio legal...
Gracias nuevamente por tu sugerencia
 #416443  por KELYNA
 
[quote="DoctorJavier"]Hola KELYNA, ante todo gracias por tu aporte, te pregunto: vos decis que la demandada pudo haber cambiado de domicilio legal? mirá que es una Sociedad Comandita Simple y en el Boletin oficial como ultimo domicilio legal publican el que denuncie yo. Nose si arriesgarme a pedir directamente bajo responsabilidad o perder el tiempo y pedir oficio a la IGJ y cubrirme ante cualquier futuro planteo de nulidad.
Lo ideal seria lo segundo, pero yo no creo que la sociedad haya cambiado el domicilio legal...
Gracias nuevamente por tu sugerencia[/quot


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Cabe aclarar que la demandada es una Sociedad Comandita Simple. El juzgado atento a lo informado por el Of. Not. me intima para que denuncie el correcto y actual domicilio de la demandada. Yo se positivamente que el local esta cerrado, Que hago? Pido que se notifique bajo responsabilidad de la parte actora directamente? o pido se libre oficio a la IGJ para que informe cual es el domicilio legal de la demandada?


**Doctor Javier, interprete que habias librado cédula a un local comercial (no domicilio legal) que se encontraba cerrado, por eso me parecía lo correcto librar el oficio a la IGJ, para evitar posibles nulidades.

Ahora, si la cédula la libraste al domicilio (legal de la sociedad y es el último que figura en el B.O, en este caso, ratifica el domicilio legal por vos denunciado y pedi notificar bajo responsabilidad, no perderia tiempo.

Bueno, espero haber aclarado mi error de interpretación. :cry: saludos cordiales.-