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 #416455  por martinhm77
 
Hola, como estan.
Mi consulta esta vez es muy simple, casi al borde de la preguntonta: puedo presentarme en un sucesorio como apoderado de tres herederos y luego como patrocinante de otros tres?
Tengo tres afuera y tres aca, y a estos últimos no les quiero hacer gastar en poder.-
Gracias por sus respuestas!!
Saludos, Martin
 #416457  por sole10
 
martinhm77 escribió:Hola, como estan.
Mi consulta esta vez es muy simple, casi al borde de la preguntonta: puedo presentarme en un sucesorio como apoderado de tres herederos y luego como patrocinante de otros tres?
Tengo tres afuera y tres aca, y a estos últimos no les quiero hacer gastar en poder.-
Gracias por sus respuestas!!
Saludos, Martin

Sí podés.
 #416537  por martinhm77
 
Ok, pondremos la firma entonces, primero como apoderado, y luego como patrocinante.-
Muchas gracias por las respuestas.-
Saludos, Martin
 #416791  por MRosario
 
cuál es la diferencia real entre patrocinio y apoderado? porque yo tenía entendido, que para los temas de familia se aconseja con patrocinio, pero mi socio dice que es mejor con poder. Aclaro que los dos somos nuevos y no sabemos fundadamente ¿que es mejor?

otra pregunta tengo que inciar un divorcio por presentación conjunta? si lo hago con patrocinio letrado ¿ tienen que ir las dos personas a firmar a tribunales?

son muy básicas mis preguntas, pero soy muy nueva en la profesión.

Agradecería sus opiniones.
Gracias
 #416995  por Paris
 
MRosario, entre patrocinante y apoderado una de las diferencias que tenés es la responsabilidad profesional que en el caso de actuar como apoderada es mayor.
Para los clientes es más cómodo que vos actués por poder porque no tienen que ir a tribunales en caso de audiencia (ojo en en algunos Tribunales de Familia dado el principio de inmediatez procesal que rige los procesos de familia no aceptan la representación por apoderado en caso de audiencia) pero yo prefiero el patricinio porque así el cliente se compromete con su asunto y ve cómo vas trabajando a medida que el pleito avanza.
No me acuerdo qué otra cosa habías preguntado... Cualquier cosa avisá.
 #417306  por sole10
 
MRosario escribió:cuál es la diferencia real entre patrocinio y apoderado? porque yo tenía entendido, que para los temas de familia se aconseja con patrocinio, pero mi socio dice que es mejor con poder. Aclaro que los dos somos nuevos y no sabemos fundadamente ¿que es mejor?

otra pregunta tengo que inciar un divorcio por presentación conjunta? si lo hago con patrocinio letrado ¿ tienen que ir las dos personas a firmar a tribunales?

son muy básicas mis preguntas, pero soy muy nueva en la profesión.

Agradecería sus opiniones.
Gracias
Lo que dice Paris es correcto respecto a la representación y patrocinio.
En el caso de divorcio,aunque vayas con poder,a la primera audiencia tiene que ir el interesado ya que para divorciarse,tal y como hizo cuando se casó,debe prestar el consentimiento;es decir,debe firmar él/ella.
 #417470  por MRosario
 
Paris y Sole muchas gracias por las respuestas.
Me decido entonces por el patrocinio.
Estoy a su disposición para lo que necesiten.
Saludos.