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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #416922  por ULPIANO7
 
Tengo el siguiente caso:Empleado de sale de una guardia rumbo a su hogar y el colectivo choca .Sería procedente demandar a la institución por accidente in itinere o convendría una demanda civíl por daños y perjuicios al chofer y a la empresa de colectivos.Que camino es el más expeditivo ?.De seguír el primero que pasos se deben realizar ,el hecho se produjo hace un par de meses .Desde ya ,agradezco cualquier dato o sugerencia que me puedan dar.
 #416934  por bogatavo
 
Hola Ulpiano, una duda: el accidente in itinere fue denunciado a la ART?
Si hubo daños te recomiendo inicar demanda contra la empresa de transporte y citar en garantía a la aseguradora. Si fue hace un par de meses, ojo que la prescripción es de 1 año art. 855 Código de Comercio.
 #416943  por ULPIANO7
 
Un millón de gracias por responderme.Es la primera vez que entro a este foro.El accidente fue como hace tres meses ,sabés que me surgió la duda cuando me relató que salía de una guardia ,yo había decidido la opción que mencionás pero quería cotejar por el lado laboral ,más que nada para tener un panorama.No hablamos de la ART por que lo había encarado por el ángulo de la empresa de colectivos .Lo vés mas viable por allí?Gracias,a tu disposición para lo que necesites.
 #416957  por klaudia7
 
Hola Ulpiano, que tipo de lesiones tuvo tu cliente? Digo por el tema de la ART...
 #416962  por ULPIANO7
 
Hola KLAU! la más importante por lo que dijo (quedó en traerme prueba) es una lumbar que se refleja en la radiografía.No parecen ser graves ni afectar demaciado su capacidad laboral ,pero le irrogó gastos y molestias varias.Cuando pueda acceder a la historia clínica voy a tener más datos.Pero está en una institución y lo tienen controlado en cuanto a los movimientos que hace ,lo cuál me dá cierto resquemor ,encararlo por ahí quizas recienta su relación de trabajo en lo futuro.
 #416964  por ULPIANO7
 
Perdón es resienta.En ,fin que conviene más?
 #416998  por bogatavo
 
Pero el accidente fue denunciado? Cuales fueron las lesiones? hubo intervención de la policia, hospital, etc.., entiendo por lo que contas que no lo atendieron los de ART, no?
Mejor contra empresa y aseguradora: lo veo viable si podes probar los daños, perdón hoy no es mi día es una obviedad. Particularmente no me dedico al tema de accidentes de tránsito, pero por los que lleve te comento lo siguiente: por supuesto que todo depende de como vienen los demandados (empresa y aseguradora), yo inicie en Capital con mediación previa, y lo primero que surge es: Nosostros (aseguradora) pagamos solo si el monto supera la franquicia (aca desconozco que como termino resuelto ese tema, se que en Cámara era inoponible y no se si me equivoco en CSJN se dió vuelta) y en su caso le piden a tu cliente que vaya a una revisación médica con el médico del seguro. Por lo cual hasta aca y para lo que siga, MEJOR TENER UN BUEN CONSULTO TECNICO DE PARTE. Las empresas de colectivos - quizás haya excepciones - ofrecen monedas. Y bueno para el juicio, arma bien la demanda y la prueba de los daños, sin olvidarte de terminar con el beneficio de litigar sin gastos.
 #417008  por ULPIANO7
 
bogatavo escribió:Pero el accidente fue denunciado? Cuales fueron las lesiones? hubo intervención de la policia, hospital, etc.., entiendo por lo que contas que no lo atendieron los de ART, no? Intervino la policía ,el hospital y todo lo demás .D la ART no hablamamos por que me lo planteó como un accidente de tránsito y después en el relato surgió que salía de una guardia de gendarmería.
Mejor contra empresa y aseguradora: lo veo viable si podes probar los daños, perdón hoy no es mi día es una obviedad. Particularmente no me dedico al tema de accidentes de tránsito, pero por los que lleve te comento lo siguiente: por supuesto que todo depende de como vienen los demandados (empresa y aseguradora), yo inicie en Capital con mediación previa, y lo primero que surge es: Nosostros (aseguradora) pagamos solo si el monto supera la franquicia (aca desconozco que como termino resuelto ese tema, se que en Cámara era inoponible y no se si me equivoco en CSJN se dió vuelta) y en su caso le piden a tu cliente que vaya a una revisación médica con el médico del seguro. Por lo cual hasta aca y para lo que siga, MEJOR TENER UN BUEN CONSULTO TECNICO DE PARTE. Las empresas de colectivos - quizás haya excepciones - ofrecen monedas. Y bueno para el juicio, arma bien la demanda y la prueba de los daños, sin olvidarte de terminar con el beneficio de litigar sin gastos.


Gracias por tu opinión me clarifica el panorama.Son muy amables en este foro ! *flor*
 #417019  por ULPIANO7
 
Por lo que pude apreciar ,sin ver aún la historia clínica (salvo una lesión lumbár que podría llegar a ser importante ) no generó discapacidad absoluta ,mas bién molestias físicas que persisten y angustia emotivas.Por supuesto,tuvo gastos de consúlta médica y farmacia.
 #417030  por klaudia7
 
Coincido con lo dicho por Bogavato, depende de la empresa de colectivos y su aseguradora siempre, yo he tenido con algunas que mejor olvidar, ni siquiera te dan para el estacionamiento.
Si tu cliente se esta atendiendo con su OS, que haga una interconsulta con psicologo y que continue con FKT, más si no tuvo lesiones serias. OJO no soy médico, pero hay algunos que creen que se van a salvar y no es tan así la cosa.
 #417039  por ULPIANO7
 
Sí pasa que a veces quieren la locura y la realidad es otra cosa.También se me ocurre intentar un arreglo extrajudicial ,una carta documento y ver que ofrecen ...
 #417063  por bogatavo
 
Igual, ahora me queda la duda con respecto a las lesiones que parecen graves. Ulpiano, el empleador tomo conocimiento del accidente in itinere? La Sra. esta con licencia por enfermedad inculpable?
 #417088  por ULPIANO7
 
Del tema laboral me hablo poco ,el empleador sabe ,pero no está con licencia ,se tomó unos días y se reincorporó.El parece querér encara el tema por otro carríl de todos modos como tiene que venir a traerme unos papeles voy a profundizar en esas cuestiones ,por que me parece que es in itinere.Sin pretender abusar de tu cortesía que preguntas o pasos prácticos son los que se deben dar para el supuesto de encararlo por la vía laboral ?.