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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #416993  por leon21
 
hola amigos!!! a ver si me pueden ayudar
pregunto esta cuestion, estara bien esto que esta haciendo la empresa:

era PIRULO SRL, esta misma sigue con varios empleados pero
ahora inscribieron otra TODO PIRULO S.A.
MI pregunta seria:
estan pasando a empleados no a todos a esta otra S.A., pero en el recibo de la nueva figuran desde el 01/07/2009 como fecha de ingreso, y luego le dan otro papel aparte en el cual le dicen que reconocen la antiguedad, esto estara bien ????? o de nada servira dicho papel ?????
no deberian con el recibo de la nueva empresa en el lugar que dice fecha de ingreso ahi colocar desde la fecha que empezarona trabajar en la SRL, si es que quieren respetar la antiguedad?????
que me dicen ??? esto esta bien o mal que le den un papel aparte???????????????
DESDE YA MIL GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #417004  por bogatavo
 
Ese papel me parece un "papelucho" pero que lo guarde, le notifican algo más?. La fecha de ingreso debe figurar en el recibo y la REAL.
 #417142  por DAL
 
Es correcto.
Si en el año, supongamos, 2001 al 2008 trabajó para PIRULO SRL, no puede TODO PIRULO SA registrarlo en esa fecha. Recuerden que son dos personas juridicas diferentes. NO necesariamente se trata de un fraude laboral. Aca lo que cuenta es QUE LE RECONOZCAN la antiguedad a todos los efectos legales. No se trata de un defecto de registración sino de un supuesto de SOLIDARIDAD. Estimo que la figura aplicable, si no es la de cesion del establecimiento (total o parcial) es la de cesión del contrato de trabajo.
Ese "papelucho" es plenamente válido.
Eso sí, yo me aseguraría de que lo firmen adelante mío, o que tenga firma certificada, o que yo sepa bien quien lo firmó, una persona debidamente facultada, no sea cosa que el día de mañana . . . .
Y recuerden que el reconocimiento de la antiguedad es A TODOS LOS EFECTOS legales, como por ejemplo item antiguedad si lo tienen por convenio, vacaciones, licencia por enfermedad y tambien indemnización por despido.

Bogatavo, como documentarías un traspaso de trabajador de una empresa a otra, con reconocimiento de antiguedad, obvio??? con un papelucho.
 #417155  por leon21
 
gracias!!!!
DAL, entonces para verificar que esto sea legal, le deberia decir que me acerque el ultimo recibo de cobro pos cambio de empresa y verificar en el item antiguedad : que le esten pagando por todos los años que trabajo y en el recibo de sueldo le figura nueva empresa con fecha 1/07/2009 en ese recibo debemos verificar que este abonada la antiguedad que le certifican en el " papelucho" y si la firma por lo que conto seria la del dueño, entonces estaria bien si esta bien los datos de la antiguedad?????? en el nuevo recibo??
y como podemos verificar que el que firmo sea el dueño de la nueva empresa???? sabe que era el dueño de la anterior, como podemos verificar que sea la de la nueva?? o si abonaron bien antiguedad , ya no es necesario que se haga mas problema???
DESDE YA UN MILLON DE GRACIAS !!!! y gracias a todos
 #417162  por bogatavo
 
Hola, que mejor que en el recibo de sueldo "antigüedad reconocida año 2001". Si hay transferencia de establecimiento por cualquier título pasan al adquirente todas la obligaciones emergentes del contrato de trabajo y el trabajador conservará la antiguedad. Y hasta me suena lógico - ojo quizás me equivoco - por que el papel (borremos "papelucho" no vaya a ser que lo redacto un colega forista, desde ya disculpas) el día de mañana no se sabe quien lo firmo...bueno el escribano acreditando la representación de la empleadora iría un poco mejor.
Vuelvo a pedir disculpas por lo de "papelucho" no fue una expresión muy feliz sino torpeza y maldecir de mi parte.
 #417311  por leon21
 
HOLA GRACIAS !!!
Y NO NO LO NOTIFICARON DE NADA MAS FECHA EN NUEVO RECIBO DEL 01/07/2009
LA FECHA DE INGRESO ANTERIOR FUE 6 AÑOS ATRAS
entonces esto en el nuevo recibo en item antiguedad debera estar abonado por los 6 años , le deben figuran el monto por los 6 años no nada porque si empezo ahora no tiene ni dos meses, deberemos ver el nuevo recibo que dice
gracias a todos!!!!! se puede aportar algo mas o alguien mas que aporte algo
 #417427  por bogatavo
 
Hola Leon, te digo como lo entiendo yo, sin perjuicio de puedas encontrar otras opiniones:
Si lo que existe es un traspaso del personal sin transferencia de establecimiento, se necesita ACEPTACION EXPRESA Y POR ESCRITO DEL TRABAJADOR.
Otra cosa es si lo que existe es transferencia del establecimiento POR CUALQUIER TITULO, ello art . 225 LCT "...El contrato de trabajo, en tales casos, continuará con el sucesor o adquirente, y el trabajador conservará la antigüedad adquirida con el transmitente y los derechos que de ella se deriven". Aca nada se notifica, el traspaso es de pleno derecho y el trabajador continua con los mismos derechos (el más importante ANTIGUEDAD) y obligaciones.
Donde es importante ver esto, en el RECIBO DE SUELDO que es PRUEBA DOCUMENTAL por excelencia de la relación laboral entre trabajador y empresa. Generalmente se pone un item que dice "ANTIGUEDAD RECONOCIDA ..." o frase similar. Por supuesto que puden existir otros papeles - y no "papeluchos" que esta mal dicho - pero ...el RECIBO DE SUELDO no se quema, doble ejemplar, lo conserva el empleador, acredita otras circunstancias, etc..Es cierto no todo otro papel implica un fraude.
Ahora, el contrato de trabajo no se extingue, sino que la nueva empresa le da alta con la nueva fecha, despúes declaran que hubo una transferencia de establecimiento para que la fecha anterior en libros y recibos no sea un gran problema.
Y despúes queda como se dijo el tema de la solidaridad, que no es más que una consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales y cuya función principal es evitar el fraude al acreedor con la insolvencia de alguna parte.
Espero te sirva, saludos. Espera otras opiniones.
 #417463  por DAL
 
Naaaa, tengan en cuenta que los recibos de sueldo los confecciona un estudio contable con formularios y programas pre determinados donde muchas cosas no se pueden poner.

Leon, el item antiguedad PUEDE NO EXISTIR, si en el convenio no se paga, esto no lo tiene todo el mundo. Mira el convenio, recibos anteriores y posteriores.

A mi me parece tecnicamente incorrecto incluir estas cuestiones de transferencia o reconocimiento de antiguedad en el recibo de sueldo, ya que no prueban nada. El recibo de sueldo prueba el pago de los haberes y la imputación que ha hecho el empleador. Nada más. Tenemos una sola prohibición que es la de insertar renuncias en los recibos, pero igualmente el recibo es prueba del pago y no de otras circunstancias. El contrato de trabajo, sus modificaciones, deben hacerse por escrito. Por ejemplo, no basta que el recibo de sueldo diga contrato a plazo determinado si no tenemos un instrumento que lo pacte. Yo recomiendo siempre hacer contratos!! notas!!! el recibo de sueldo si no, va a terminar siendo impreso en un rollo de papel higienico, no por inutil sino porque se necesitarán 54 metros!!!

Respecto al papelucho, ahora ascendido a papel, miralo bien. Puede ser un contrato bilateral, pero que el ejemplar que tiene el trabajador no tenga la firma del trabajador, solo del empresario. La frase tipica "tomá, esta es tu copia y firmame acá", con lo cual el ejemplar del empresario tiene la firma de los dos y el del trabajador aún tiene solo la del empresario. Hay que ver los términos de este papelucho, papel o nota para ver si es un acuerdo o una notificación o una declaracion unilateral de voluntad.

Tambien hay que ver como fue el traspaso EXTERIORMENTE. Yo le pediría al trabajador por ejemplo que se saque clave fiscal en AFIP y vea cual es el cese de el entre una empresa y el alta en la otra. Yo no tengo muy clara toooooooodas las categorías que tiene la CAT pero seguro que un alta hay que hacer. Quizá tengan una específica de traspaso por transferencia de establecimiento total o parcial. Supogno que si se hubiera hecho por renuncia y nuevo ingreso, el trabajador se hubiera dado cuenta, no???
 #417548  por bogatavo
 
Hola, el Item que yo digo es una leyenda que generalmente se coloca donde van todos los datos de las partes, y no alineado con los conceptos salariales y las retenciones. La leyenda "ANTIGUEDAD RECONOCIDA .." sería bueno ponerla, por resultar más práctico para el trabajador y más complicado para el estudio contable, sin perjuicio de que tengan validez los INTRUMENTOS PRIVADOS (lo subí de categoría :mrgreen: ).
Lo de la leyenda "ANTIGUEDAD RECONOCIDA..." es utilizado en fábricas, ya que el personal de plantas industriales suele ser numeroso, y se tornaría muy complicado hacer toda una explicación sobre los papeles. Y ahora me adentro en otro tema, el trabajador de fábrica es distinto al de oficinas que es más afecto a los INTRUMENTOS PRIVADOS, pero bueno me estoy alejando del tema...
Vuelvo a repetir que para mi en el recibo esta bien, que además cumplen una función informadora para la autoridad de aplicación y su validez probatoria se correlaciona con otros elementos.
Leon, luego de esta intercambio de opiniones, en definitiva lo que tenes que cotejar y ver con CUIDADO son los recibos y/o instrumentos privados o papeles es que al trabajador se le reconozca la ANTIGUEDAD, que hasta ahora con mi colega opinante fue lo único en lo que estamos de acuerdo.
Espero te sirva, saludos
 #418005  por DAL
 
Ahhhhhhhhhhh me gustó el ascenso!!!!
 #418604  por leon21
 
HABLANDO CON ESTE TRABAJADOR Y OTROS , HAN TRAIDO UN PAPEL FIRMADO POR EL DUEÑO EN EL CUAL TIENE EL SELLO DE LA EMPRESA, Y SU FIRMA, PERO NO LO ASISTE NINGUN LETRADO O ESCRIBANO HOLA AMIGOS !!! EN LA RUBRICA PARA LA VERACIDAD DEL CONTENIDO,COMO DIJERON
en si dice que le reconoce la antiguedad, pero luego en el recibo esta la nueva empresa desde 01/07/09 que comienza y todos antiguedad desde 01/07/2009 desde que comenzo dicha empresa!!!
digo si reconoce la antiguedad en dicho digamos documento privado, porque no colocan directamente en el recibo de sueldo????
varios empleados siguen trabajando pero no le han aceptado ni firmado dicho recibo, se negaron a firmar en esas condiciones, y un grupo de personas de 4 y mas años fueron a la empresa a reclamar dicha cuestion hasta ahora solo que veran el tema nada mas en definitiva pregunto esto via judicial quedara a favor de los trabajadores???
y esta cuestion es causal de injurias, el trabajador se puede considerar injuriado y por ende despedido y cobrar la indemnizacion por xulpa de la empresa???
ES DE DECIR ADEMAS QUE EL MES PASADO LA EMPRESA INDISCRIMINADAMENTE POR CUALQUIER COSA SANCIONO CON SUSPENCIONES A MUCHOS DE LOS EMPLEADOS , que aparentemente seria por este motivo, para tenerlos amenazados o diriamos sumisos.-
que me dicen DESDE YA MIL GRACIAS !!!
 #418705  por doctorgauna
 
la pregunta sería (me surgió la duda) si el trabajador puede intimar x 24013 a la correcta registración según real fecha de ingreso.-

¿o es que, debido a que son dos personas jurídicas distintas, la nueva empresa, aunque quisiera, no podría hacer dicha registración?

de ser así, calculo que, mientras le respeten la antigüedad en los hechos (vacaciones, aumento si corresponde, etc.) en principio, no podría ser causal de injuria el hecho de que en el recibo figure la nueva fecha.-

Si alguien puede esclarecer, estaré agradecido!
 #418724  por DAL
 
Efectivamente, en los hechos la empresa no puede registrar personal desde ANTES de su nacimiento, por lo que la unica via es reconocer antiguedad.
Así solita, no es causal de injuria.
REstaria saber si el trabajador confia en la autenticidad de esta firma que tiene en el papel.
Si confía en su autenticidad yo como abogado investigaría el tema de facultades, quien es el fulano en la vieja empresa y en la nueva empresa.
Una vez que tengo esto claro decido.

Dentro de un tiempito puedo intimar me paguen diferencias salariales por ITEM ANTIGUEDAD si existe y no se paga conforme la antiguedad reconocida. TAmbien dentro de un tiempito, a fin de setiembre, me van a notificar vacaciones, y ahí veré si me respetan o no me respetan la antiguedad reconocida. Y ahí tendré injurias que en su momento evaluaré si alcanzan o no para darse por despedido.
Mientras tanto, tranquilidad. Y a custodiar ese papelito como oro!
 #419123  por leon21
 
entonces bien milllllllllllll GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!!!
esperemos a ver que pasa y despues le damosss
GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #419129  por bogatavo
 
Hola León, una cosa es antiguedad y otra fecha de ingreso. El nuevo empleador consigna FECHA DE INGRESO que es 01/07/2009 en el RECIBO DE SUELDO y también "ANTIGUEDAD RECONOCIDA DESDE AÑO 2001" en el RECIBO DE SUELDO (no como item liquidable, salvo CCT) sino en la parte superior. Hasta aca no tenemos registración defectuosa, por lo cual no es aplicable ley 24.013.
Pero, si el anterior tiene alguna precariedad de las enumeradas por ley 24.013, el nuevo se tendrá que hacer responsable solidariamente.
Pero como la FRAGMENTACION DE LA ANTIGUEDAD es tan vieja como el derecho laboral, esos papeles siempre generan discusión ..como la de este post ..porque el trabajador siempre mira su recibo de sueldo y los papeles, "papeluchos", documentos, etc. generan más dudas que certezas: Quien me los firma? Tiene representación? Porque el nuevo no se hace cargo? Porque no me figura en el recibo de sueldo?, Si estuviera la leyenda ANTIGUEDAD RECONOCIDA no habría tanta discusión. Bueno ojo!!, no te mandes de lleno a buscar una injuria que parece inexistente, y alguno caerá en la trampita. Sigo sosteniendo que ese papel firmado por cedente, y adquirente nada dice genera numerosas confusiones.
Esperemos y creo que debe ser así, que quien firmó el papel y manifesto reconocimiento de antigûedad (cedente) lo haya hecho correctamente.
Saludos.