Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSULTA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #41734  por osesno
 
Hola a todos soy nuevo en el foro. Me pueden asesorar si se aplica la ley 24013 a una relacion laboral no registrada, nacida en el mes de octubre de 2006. El trabajador intimo denunciando fecha de ingresos, sueldo y categoria laboral, y por entrega de certificados de servicios y aportes. Luego se considero despedido. ademas de la referida ley se aplica algun otro tipo de penalidad. Gracias

 #41772  por klaudia7
 
Hola osesno, te sugiero que leas en el foro todo lo referente a relación laboral no registrado o trabajo en negro, hay excelentes aportes de todos los foristas colegas que te van a ayudar a aclarar tus dudas.
Saludos.
klaudia.
 #44833  por TORDO
 
DESDE YA SE APLICA LA LEY. AHORA SI AL INTIMAR NO NOTIFICO A LA AFIP, LO QUE NO PODRAS APLICAR ES LA MULTA DEL Art 8º.-

SUERTE
 #45151  por Ishtar
 
Si sucedió lo que te Bien te advierte Tordo ( y no hiciste correctamente la intimación a afip, no correría la multa del 8), podrias en ese caso reclamar la duplicación de la indemnizacion por antiguedad de acuerdo al art.1 de la 25323
 #45210  por TORDO
 
Ishtar, en realidad lo que va a tener que aplicar el Art 15 de la ley 24.013, que para el caso señala lo mismo que el 1º de la ley 25.323, ya que la falta de notificación a la AFIP, impide solo la multa del Art 8º de la ley 24.013

suerte