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  • como hago la registracion????

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #41706  por ANATA
 
luego del intercambio telegrafico llega el momento de la demanda y de hacer la liquidacion....yo denuncie en los tlc lo que el trabajador realmente percibia y cuando pedi la registracion lo hice bajo apercibimiento, entre otras, de las leyes 24013 y entre la normativa puse el convenio colectivo de trabajo...pero nunca puse que reclamaba las diferencia.
Ahora que hago la liquidacion.....tengo que calcular por lo que realmente percibia y denuncia en el telegrama, o pese a no haber reclamado difrencia puedo calcular en base a lo del convenio
desde ya miles de gracias
_________________

 #41854  por GU
 
Andrea:

Siempre podes reclamar las diferencias (hasta dos años).

No hace falta que hayas hecho reserva en el intercambio.

Salutes

 #41878  por ANATA
 
MILLONES DE GRACIAS GU