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 #419199  por VAT79
 
Hola a todos, le comento el tema: una sra. se separa de su marido y empieza a vivir en concubinato con otro hombre. Tiene un hijo q por estar casada lleva el apellido de su esposo pero no del verdadero padre. Posteriormente, tiene otra hija q si lleva el apellido de su concubino. En el año 1982 su concubino fallece dejando tambien otros hijos de un matrimonio anterior.
La sra. consulta con una abogada q le dice debe iniciarse la impugnacion de paternidad y posterior juicio de filiacion. A su vez se entera de q los otros hijos habian iniciado decl. de herederos y q tenian intenciones de vender una casa. La abogada hace una ampliacion de decl. donde incluye a la hija (q mas arriba les comente q si lleva el apellido del padre) y denuncia de bs. Tambien logra impugnar la paternidad pero aun no ha hecho la 2da. parte del trabajo q es q el hijo lleve el apellido de su padre y se lo reconozca heredero.
Durante todo este tiempo la sra. le fue pagando a su abogada, teniendo todas las boletas en su poder. Preguntas:
1) la abogada acaba de notificarle los honorarios regulados, puede la sra. oponerle esos recibos?
2) en caso de q en algun momento se venda la casa, puede la abogada cobrarse de esa venta? Existe la posibilidad? O lo mas razonable es q le realice un apremio? como se actua en estos casos?
3) podría despues de 10 años de haber fallecido este hombre tramitar la pension? Tengan en cuenta q la pension la cobraba su anterior esposa (hasta q fallecio hace 2 años) justamente por estar casada pero deberian haberla dividido entre las 2, no? AYUDA