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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #42001  por HERNAN3192
 
HOLA, quería consultar por el siguiente caso, me llego un cliente, que sufrio un accidente de trabajo (initinere- se fracturo la pierna por una caída en la calle = 6 clavos). el 3/8 le dieron el alta.
Le llego una carta de la ART para presentarse a la comision medica para evaluar el porcentaje de incapacidad permanente que le reconocen.
la carta dice que por los estudios que le realizaron y análisi de evolución médica, se considera que podría presentar una INCAPACIDAD DE CARACTER PERMANENTE estimada en 6%.

¿cuanto vale el grado de incapacidad?
¿me conviene que lo vea un médico legista xq, seguro cuando va le tiran el porcentaje abajo?
nunca trabaje con un médico legista, como se trabaja con ellos
si la persona no tiene plata para el médico legista, yo no puedeo hacer nada, que se presente y listo........¡para que lo voy a acompañar¡
gracias por todo, chau.
 #42042  por Mar07
 
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Hola!!! yo te sugeriría que leas la página www.srt.gov.ar allí te detallan los pasos a seguir como también cálculo de indemnización. Cuando hablas de Comisión médica, te estás refieriendo a la que puso la ART? pues puedes pedir la intervención de la Superintendencia.- Espero, te ayude. Saludos.- Mar

 #42044  por karurede
 
HERNAN3192: hola espero ayudarte en algunas cosas, conviene tratar con un legista ya que te va a servir para apelar el dictamen de srt, ahora si no lo conseguis no importa apelala igual obviamente solicitando mas monto, cuando lo acompañas es mas para que se sienta acompañado y para que vean tambien que tiene asesoria y no esta solo, eso ayuda un poco, esos si estate con el en todo momento te van a pedir que en el momento de la revisacion medica salgas de la habitacion porque no podemos estar , si va un medico legista si la puede presenciar, pero bueno eso no afecta mucho va creo yo siempre que voy me sacan pero no importa. Suerte y espero haberte ayudado.
 #42077  por HERNAN3192
 
CUANDO DIJE COM ISIÒN MÈDICA ME REFERI A LA ART.
¿en que momento puedo solicitar la intervenciòn de la comisiòn mèdica?
gracias.
 #42090  por HERNAN3192
 
me podrìan decir si le dan el 6% de incapacidad permanente cuanto va acobrar mas o menos, es decir ¿cuanto vale el grado de incapacidad permanente?
visite la pagina de la superintendencia y me parecio muy clara, gracias
 #42275  por Mar07
 
HERNAN3192 escribió:me podrìan decir si le dan el 6% de incapacidad permanente cuanto va acobrar mas o menos, es decir ¿cuanto vale el grado de incapacidad permanente?
visite la pagina de la superintendencia y me parecio muy clara, gracias
En la página que te indiqué, donde dice cálculo de incapacidad, yo saqué uno, creo que necesitas saber antigüedad, el grado de incapacidad y salario...fijate en la´página que te señalé. Yo te diría que pidas la intervención de la Comisión Médica de la Supertint. es gratis y ellos determinarán el grado de incapacidad, que generalmente es mayor al de la ART por razones obvias, en la página donde dice guía de trámites sabrás el trámite a seguir..-Saludos.-
 #44515  por barney
 
HERNAN3192 escribió:HOLA, quería consultar por el siguiente caso, me llego un cliente, que sufrio un accidente de trabajo (initinere- se fracturo la pierna por una caída en la calle = 6 clavos). el 3/8 le dieron el alta.
Le llego una carta de la ART para presentarse a la comision medica para evaluar el porcentaje de incapacidad permanente que le reconocen.
la carta dice que por los estudios que le realizaron y análisi de evolución médica, se considera que podría presentar una INCAPACIDAD DE CARACTER PERMANENTE estimada en 6%.

¿cuanto vale el grado de incapacidad?
¿me conviene que lo vea un médico legista xq, seguro cuando va le tiran el porcentaje abajo?
nunca trabaje con un médico legista, como se trabaja con ellos
si la persona no tiene plata para el médico legista, yo no puedeo hacer nada, que se presente y listo........¡para que lo voy a acompañar¡
gracias por todo, chau.

El punto de incapacidad es de 1000$ aproximadamente, los medicos laboralista cobran el dictamen que realizan con la revision $150 aproximadamente
(en mi caso)
Yo si le veo viavilidad lo pago yo
 #44662  por doctoramanero
 
Encantada: la página que te dió amablemente "Mar07", el link de cálculo está sin servicio, pero para que tengas una idea se calcula a $ 1.000.- por cada grado de discapacidad, o sea si tiene 6 % = $ 6.000.-, pero tomalo como apróximado; suerte.-

 #44876  por HERNAN3192
 
GRACIAS A TODOS POR EL ASESORAMIENTO, ME FUE MUY UTIL
 #1001101  por Alejomyh
 
Estimados,

Una consulta con respecto a la ART aseguradora. Una vez que apelo en la Cámara por un accidente laboral que no fue bien tratado por la ART, ni siquiera tuvo un grado de incapacidad el accidentado. Cuanto tiempo demora aproximadamente hasta llegar a un acuerdo luego de las juntas médicas ? ¿Hay un tiempo aprox ?

Saludos
 #1001129  por adessoma
 
Hernan3192: En un accidente in itinere no hay valor del punto de incapacidad. Tenés que aplicar la fórmula del art. 14.2 LRT. En el caso de una incapacidad menor al 50% será: 53 x %de incapacidad x (65/edad el momento del accidente) x VMIB.
Además yo agregaría el 20% del art. 3° ley 26.773, dado que no hay duda de que aún en los casos de itinere, el trabajador estuvo a disposición del empleador.
Si el accidente ocurrió luego del 25/10/2012 (momento en que entró en vigencia de la ley 26.773) tenés que aplicar el índice RIPTE.

Para que tengas una idea, en un juicio que estoy por iniciar contra Galeno ART (Galeno está comprando todo), con un valor mensual del ingreso base de $ 5.000, porcentaje de incapacidad del 20% que me pasó mi perito, y una edad de 27 años al momento del accidente, el monto a reclamar es de $ 405.427,10.
NO HAY DUDA de que deberías buscar un perito médico legista que asesore y te pase el porcentaje de incapacidad. Yo tengo una perito médico legista que me cobra $ 500 por cada informe que me hace (es médica del servicio de accidentología vial de la Policía), y para la incapcidad psicológica el porcentaje me lo pasa, mi novia que es perito de la cámara.
En estos casos los informes de los médicos legista y perito psicólogo lo paga el abogado y luego, si querés, se lo descontás de lo que cobre tu cliente.

Finalmente, yo no transitaría la vía administrativa de la CM y metería directamente la demanda. Ver casos "Abbondio", "Strangio" y "Obregón". Te sugiero que te comprés la LRT comentada de Mario Akerman (con la actualización de la ley 26773, de Rubinzal Culzoni editada el 20/04/2013). Te aclaro que sale $ 650, pero ya se pagó varias veces.

Saludos.