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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #420466  por delar47
 
Colegas. preciso vuestra ayuda: TCL a empleador huidizo, por peón rural (mi cliente fué encargado de riego) en negro por 14 años, lo intimé a su domicilio real, que (me entero) a usado como domicilio de varios nombres de fantasía de empresas de la misma finca rural. y el TCL no fué contestado. ¿lo puedo intimar al mismo domicilio -que sé de cierto que es el correcto- por CD de la que tendré acuse de recibo o noticias de no recepción, etc.?
Muchas Gracias
 #420571  por solucion
 
Intimalo a todos los domicilios que conozcas. Aprovechá que los telegramas laborales son gratuitos.

En el domicilio que ya lo intimaste, mandale un segundo en el que diga que atento su silencio, opera la presunción del art. 57 LCT y que se considere despedido.

Saludos.
 #420651  por maesap
 
Si lo recibio al TCL ya esta, si va dirigido a su nombre y fue recibido se supone que le llego. Ante silencio considerate despedido. No alegues LCT, recorda que los trabajadores rurales estan excluidos. Saludos.-
 #422071  por MORGAN
 
No hay que precipitar la ruptura el contrato, enviá una nueva intimación al lugar de trabajo y a los domicilios que conozcas.