Hola, como estan? les escribo porque estoy armando una liquidaciòn laboral y me surgio esta duda: a los efectos de practicar la liquidaciòn, calcular la integraciòn mes de despido, etc, como fecha de despido si es un caso de trabajo en negro, tomo en cuenta la fecha real en que despidieron al trabajador o la fecha en que por telegrama laboral se considera despedido ante el desconocimiento de la relaciòn laboral por parte del empleador?