Hola el caso es el siguiente, una empleada ha sido despdida y en sede administrativa ocn su antiguo empleador hacen un acuerdo, que se abonará lo que se le debe en tres cuotas, las que nunca fueron abonadas.
La empresa luego cerró por razones económicas y el dueño no tiene bienes, como para que la sra ejecute el convenio.
Solo existe un automovil que fue vendido al hermano del antiguo patron, por una suma irrisoria, con inscripción en el registro cuatro días despues de su despdo.
Debe iniciar acción de simulación en sede civil? a quien le corresponde la carga de la prueba, a la actora o a los demandados?
La empresa luego cerró por razones económicas y el dueño no tiene bienes, como para que la sra ejecute el convenio.
Solo existe un automovil que fue vendido al hermano del antiguo patron, por una suma irrisoria, con inscripción en el registro cuatro días despues de su despdo.
Debe iniciar acción de simulación en sede civil? a quien le corresponde la carga de la prueba, a la actora o a los demandados?