Hola Foristas.... les dejo una consulta..a ver si pueden ayudarme... Llego un cliente al estudio bastabnte aturdido porque se le trabo un embargo sobre su sueldo...por alimentos a su ex conyuge del 10 % de su salario...y no entendia el porque. El sr. lo unico que sabia era que se estaba divorciando(divorcio contradictorio)... Consulte en el Tribunal de Familia y resulta que el divorcio salio en el 2008.. decretando culpable al Sr. por injurias graves...y por ello la ex inicio un expediente de Alimentos...donde el abogado del Sr. se presento una vez...y nunca mas.... Es mas en el divorcio, el Sr. esta notificado de la audiencia de apertura de la causa a prueba a la que no concurre puesto que su abogado no le avisa...; por lo que decretan entre otras cosas la absolucion de posiciones en rebeldia..En fin..dictan sentencia de Divorcio encontrandolo culpable a el...por agresiones verbales...y psicologicas...cuando el Sr. tiene cartas y notas amenazadoras de su ex..y hasta fotos de hachazos contra una de las paredes de la casa realizadas por su ex mujer, pero obviamente el abogado no las presento como prueba favorable a su parte.
El divorcio esta notificado al domicilio constituido del Abogado..que nunca le aviso al Sr. ya ante los requerimientos de este le decia q "iba todo bien".
En fin....la consulta es...se pueden revertir los alimentos decretados para el "conyuge inocente" en virtud del art 207CC. El art 210 determina que "el derecho a los alimentos cesara si... si el cónyuge que los percibe vive en concubinato o incurre en injurias graves contra el otro cónyuge..." En este caso las injurias son anteriores a la demanda de divorcio y a la de alimentos...pero servirian de prueba para el cese de los alimentos?? Si alguien me puede ayudar a buscar doctrina o algun fallo donde se trate el tema se los agradeceria! y tambien si a alguien se le ocurre alguna idea diferente. muchas Graciasss
Saludos. Belen
El divorcio esta notificado al domicilio constituido del Abogado..que nunca le aviso al Sr. ya ante los requerimientos de este le decia q "iba todo bien".
En fin....la consulta es...se pueden revertir los alimentos decretados para el "conyuge inocente" en virtud del art 207CC. El art 210 determina que "el derecho a los alimentos cesara si... si el cónyuge que los percibe vive en concubinato o incurre en injurias graves contra el otro cónyuge..." En este caso las injurias son anteriores a la demanda de divorcio y a la de alimentos...pero servirian de prueba para el cese de los alimentos?? Si alguien me puede ayudar a buscar doctrina o algun fallo donde se trate el tema se los agradeceria! y tambien si a alguien se le ocurre alguna idea diferente. muchas Graciasss
Saludos. Belen