Hola foristas. Mi pregunta apunta a lo siguiente.
Tengo una demanda por alimentos en pcia de Bs As. El primer despacho dice que es una cuestion que no admite demora es decir que tramita ante el tribunal sin estapa previa. El asunto es que hice la demanda, no me dijeron que diera traslado. Tuvimos la primer audiencia. no paso nada. Estoy produciendo toda la prueba. Ahora el demandado va por defensoria, y la letrada introduce hechos sin haber contestado. Ustedes me sugieren que pida el traslado de demanda, o directamente impugne porque esta fuera de termino porque ya tendria que haber contestado por haber tomado intervencion en el expte? Pregunto porque una vez que tenga producida toda la prueba va a tener elementos para contestar y me parece injusto. Estoy llevando este caso porque es del patrocinio y me da bronca porque tiene un buen trabajo y no quiere pagar alimentos a pesar de que fueron fijados provisoriamente. A todo ello solicite embargo, me lo otorgaron ,pero como el empleador es amigo del demandado no hace nada. gracias
Tengo una demanda por alimentos en pcia de Bs As. El primer despacho dice que es una cuestion que no admite demora es decir que tramita ante el tribunal sin estapa previa. El asunto es que hice la demanda, no me dijeron que diera traslado. Tuvimos la primer audiencia. no paso nada. Estoy produciendo toda la prueba. Ahora el demandado va por defensoria, y la letrada introduce hechos sin haber contestado. Ustedes me sugieren que pida el traslado de demanda, o directamente impugne porque esta fuera de termino porque ya tendria que haber contestado por haber tomado intervencion en el expte? Pregunto porque una vez que tenga producida toda la prueba va a tener elementos para contestar y me parece injusto. Estoy llevando este caso porque es del patrocinio y me da bronca porque tiene un buen trabajo y no quiere pagar alimentos a pesar de que fueron fijados provisoriamente. A todo ello solicite embargo, me lo otorgaron ,pero como el empleador es amigo del demandado no hace nada. gracias