Hola Hay una ejecucion de honorarios en una camara penal. Se traba embargo sobre un inmueble. aparece mi cliente, tercera y pide el desembargo a traves de la terceria de dominio -adjuntando la escritura. La càmara no me hizo lugar. Al ser una càmara penal, esta sentencia , es apelable? debo plantear Casaciòn? en un Juzgado Civil serìa apelable, pero en la càmara penal dudo porque en los temas civiles aplican el codigo procesal civil y no el penal ... gracias
Hola,
Es muy probable que me esté mandando una gran burrada, pero me intriga el asunto.
Ya me parece una rareza que esté tramitando una ejecución en sede penal. Pero no importa. Me intriga saber cómo es que el incidente de ejecución está en Cámara, ¿es por apelación de alguna decisión del inferior, no?
En todo caso, esperaría a que Cámara resuelva el motivo por el cual interviene, que devuelta los autos al juez inferior y, recién allí, plantear (otra vez) la tercería. Bah, ni siquiera esperaría que resuelva Cámara, plantearía la tercería ante el juez que tramita la ejecución. Si éste lo rechaza, apelaría a Cámara. Me parece que Cámara no es competente para tratar una tercería en forma originaria. ¿Cuál fue el motivo del rechazo?
Perdón si no se entiende.
Saludos.