Estimados colegas, consulta: Mi cliente es de República de Chile, posee domicilio en dicho país, y tiene a su hija en argentina, la cual vive con su madre. Resulta que en el año 2006 hicieron una especie de homologación ante un juez de dicho país, respecto de un régimen de visitas en favor de la niña, pautado para que en determinadas épocas del año se puedan ver.Ahora la madre, estando aquí en argentina y siendo menor la hija, no lo cumple. Es decir debo ejecutar un documento extranjero, que normas debería utilizar??alguien tiene algún consejo que me pueda refrescar el tema??voy a estudiarlo para ver que hacer.Espero alguna ayuda.Hasta luego.-
el convenio del extranjero es judicial, con homologacion??? o privado??
En el primer caso yo pediria exequatur y luego ejecuto. Igual no lo hice nunca, solo te tiro una idea. Espera ver si otro te da otra.