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  • Deuda con ARBA del 2002

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #424593  por jjose
 
Hola, tengo una deuda con ARBA que paso a un estudio juridico, es de la casa de mi padre que fallecio y como la casa esta ocupada me entere recien, este tipo de deudas de rentas,prescriben??? gracias
 #428218  por kiara2009
 
Mirá yo tengo la siguiente información:

La Suprema Corte de Justicia bonaerense, en un nuevo fallo, volvió a ratificar que la prescripción liberatoria de los tributos provinciales y tasas municipales, opera a los cinco años y no a los diez como se viene aplicando en Rentas a partir del texto del Código Fiscal.
De esta manera no serán procedentes las pretensiones del Gobierno provincial de reclamar deudas impositivas de hasta 10 años, lo que invalida buena parte de los expedientes en curso promocionados por Santiago Montoya.
En sus fundamentos el Tribunal aseguró que "el Estado, sea el federal o el provincial, está entonces sujeto a las prescripciones del Código Civil. En el caso de los impuestos, se aplica el artículo 4027 del Código Civil, pues su último inciso abarca a todo lo que debe pagarse por años, o plazos periódicos más cortos, que es el caso de los impuestos inmobiliarios o sobre rentas o ingresos".
En consecuencia los organismos recaudadores de la provincia de Buenos Aires dependiente de la cartera de Economía y las administraciones municipales solo podrán reclamar a los contribuyentes deudores o evasores de obligaciones fiscales y tasas comunales, moras con no mas de cinco años de antigüedad.