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  • ley 25865 faltan un par de cuotas

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #425476  por lakabra
 
Hola a todos, ya leì todo lo que se escrbìo sobre el tema pero como no me termina de quedar claro me atrevo a preguntar:


Tengo una jubilación con plan ley 25865 (vigente) y faltan un par de meses por pagar (de 60 cuotas).

Me dijeron en Anses que pida la baja para generar una nueva liquidación en SICAM.

Tambien me dijeron que los pagos de la moratoria ley 25865 el Sicam los va a tomar a cuenta.

Aclaro que el Sr. tiene 22 años de aportes en RD y unos 10 años mas como autonomo (osea no necesitaría los pagos de la moratoria para llegar a los 30 de aportes), pero en Anses no me quieren tomae el tramite jubilatorio por ese plan 25865 vigente.

Tengo miedo de hacerle pedír la baja al señor y que no le tomen las 58 cuotas que pago a cuenta, o que esa baja sea innecesaría.

No se bien que hacer.
Quien me pueda ayudar se lo agradesco.
 #425499  por torry
 
hola. fijate que si tiene 22 años en rela dep y 10 en autonomo ya tiene mas de 30 años, lo tenes que jubilar por la 24241.
Si solo le faltan un par de meses para terminar la moratoria ley 25865 y con esa moratoria cubre los 10 años de autonomos te conviene esperar a cancelar la moratoria y despues la inicias por la 24241 y no tiene descuento ni entra por moratoria y se jubila con los diez ultimos años de autonomo y no con la minima.
 #425517  por lakabra
 
Gracias por tu respuesta.

Las cuotas ya estan re vencidas, las puedo pagar igual??

Ademas, esos pagos van con los intereses?

Pagando esas cuotas va a figurar como cancelada?? y despues la jubilo por 24241?? Porque en Anses me dijeron que le tenía que dar si o si de baja al plan.

Gracias y saludos
 #425601  por inesla
 
lakabra escribió:Gracias por tu respuesta.

Las cuotas ya estan re vencidas, las puedo pagar igual??

Ademas, esos pagos van con los intereses?

Pagando esas cuotas va a figurar como cancelada?? y despues la jubilo por 24241?? Porque en Anses me dijeron que le tenía que dar si o si de baja al plan.

Gracias y saludos
hola, no te entiendo, los 10 años son los de la moratoria??? si es así los tenés que pagar, ahora si le das la baja, los pagos van a cubrir deuda y puede que te de menos deuda a pagar, asesorate en un centro de atención de afip, siempre recomiendo el de Córdoba y Libertad, si sos de Capital, sds
 #425603  por hugo2
 
lakabra escribió:Gracias por tu respuesta.

Las cuotas ya estan re vencidas, las puedo pagar igual??

Ademas, esos pagos van con los intereses?

Pagando esas cuotas va a figurar como cancelada?? y despues la jubilo por 24241?? Porque en Anses me dijeron que le tenía que dar si o si de baja al plan.

Gracias y saludos
Entra al plan de la 25865 e imprimi el volante de pago al contado del saldo de deuda.
 #425784  por lakabra
 
Gracias a todos por sus respuestas.

Hugo2 no encuentro la opción para pagar la deuda de contado, ingreso y para pagar solo encuentro la impresión del 799 para pagar las cuotas. Me podrías decir donde ubico la opción de volante de pago al contado de saldo de deuda?.

Ademas, una vez que abone las dos cuotas adeudadas el plan va a figurar como cancelado (ahora figura como vigente).

Saludos
 #425786  por lakabra
 
Hugo2 ya encontre el volante de pago.
Es uno que en una sola impresion me liquida Capital e intereses? Gracias.
 #425802  por inesla
 
hola, no no te lo permite, pero tenés que darlo de baja y luego esos períodos debieran aparecen sin deuda, sds
 #425803  por hugo2
 
lakabra escribió:Cuando figure como cancelado el plan, me va a permitir hacer una nueva liquidación en Sicam?

Saludos
Exacto.
 #425988  por lakabra
 
Hola, gracias por tu respuesta.

si cubro los 10 años.

El tema es que me figura vigente el plan. Si pago la cuota va a figurar cancelado??

Si hago una liquidación nueva y me da sin deuda, con esa liquidación me presento al turno y listo??

De paso te pregunto una cosa mas:

Si figura en actividad hasta 09/2009 y tiene pagos hasta 10/2004, renuncio a los periodos 11/2004 en adelante en beneficios y listo no??

Saludos.
 #426062  por inesla
 
hola, no. pagás la cuota y te presentás con el plan con todas las cuotas que pagó tu cliente, no es necesario que hagas un nuevo plan, ya que cuándo te presentes el plan va a estar cancelado, sino que por escrito te informen que debés cancelarlo, supongo que es por los intereses que puedan surgir por pagos fuera de término, pero la realidad es que la afip es la responsable de reclamarlo y no anses, aparte seguro que son monedas los intereses. Por las dudas por qué no vas hasta el centro de atención de afip, en Córdoba y Libertad antes de presentar la solicitud de beneficio, contanos cómo te fue. sds
 #426096  por lakabra
 
Gracias Inesla por tu buena voluntad.

Yo imprimi la boleta de pago que surge en el plan, me imprimio 4 volantes de pago F.799 distintos, uno en 0, otro con la cuota actualizada ($312, Impuesto 374, concepto 41 mensualidad, subconcepto 41 mensualidad), otro volante ($3.23, Impuesto 374, concepto 41 mensualidad, subconcepto 59 Cancelación Anticipada Intereses Financieros), y un ultimo volante ( $20.95, Impuesto 374, concepto 41 mensualidad, subconcepto 51 Intereses Resarcitorios).

Entiendo que esa es la deuda total pendiente del plan, por favor si me lo podes confirmar así ya me quedo tranquilo.

Saludos

P.D.: Gracias tambien para hugo2 que tambien me ayudo.