Gente, tengo un oficio ordenando la anotación de la litis en el registro de la propiedad inm de cap fed pero no estoy autorizado en el mismo para diligenciarlo. Uds creen que en el registro me harán algún tipo de problema? Que me aconsejan para no tener que pedir y hacer nuevo oficio.
atte
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Estudio A.I. y asoc.