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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #426977  por diego79
 
Hola chicos, disculpen mi ignorancia pero sucesorio no es mi fuerte. Tengo el caso de una mujer que murió y a pesar de estar casada dos veces (sus dos maridos murieron con anterioridad a ella) no tuvieron hijos, por lo que hay sobrinos de los tres lados, los de ella y los de sus dos maridos, tenian como bienes una casa, donde ella residía y algo de campo. Yo quisiera saber a quien le corresponde? solo a los sobrinos de ella o a los de sus maridos tb? bueno desde ya muchas gracias!
 #426998  por chiqui79
 
depende... si los bienes son gananciales la conyuge no hereda respecto de ellos, de los gananciales es socia no heredera. Concurre como un hijo mas (o desplaza a los colaterales) solo respecto de los bienes propios.
Igual escucha todas las opiniones, porque nos hacen pensar.
 #427202  por Maylu
 
Esta bien, pero en este caso no hay hijos.
Si no hay hijos, los sobrinos no heredan lo del tío.
 #427207  por yobren
 
es muy dificil responder esta pregunta sin saber si los bienes son propios de ellas o los compraron durante la sociedad conyugal, ademas cdo fallecieron "sus maridos" se tramitaron sus sucesiones???
necesitamos mas datos para darle mas luz a esto.. saludos!!
 #427234  por chiqui79
 
Maylu escribió:Esta bien, pero en este caso no hay hijos.
Si no hay hijos, los sobrinos no heredan lo del tío.
Repito SI LOS BIENES SON GANANCIALES NO HEREDA POR MAS QUE NO HAYA HIJOS.
 #427612  por diego79
 
Si chicas, todo bien, pero cuando murieron sus dos maridos, ella por ser la conyuge heredó todo lo que habían construido mientras estaban casados, pero los sobrinos de los maridos reclaman lo que su tío, en vida, hizo con esta mujer, yo en realidad no me dedico mucho a sucesorio, pero si me ayudan voy a tomar el caso, sino tendré que derivarlo porque no se si tomarlo o no, espero y agradezco vuestra ayuda, muchas gracias!
 #428263  por Maylu
 
diego79 escribió:Si chicas, todo bien, pero cuando murieron sus dos maridos, ella por ser la conyuge heredó todo lo que habían construido mientras estaban casados, pero los sobrinos de los maridos reclaman lo que su tío, en vida, hizo con esta mujer, yo en realidad no me dedico mucho a sucesorio, pero si me ayudan voy a tomar el caso, sino tendré que derivarlo porque no se si tomarlo o no, espero y agradezco vuestra ayuda, muchas gracias!
Diego, tal reza al art. 3572: Si no han quedado descendientes ni ascendientes, los cónyuges se heredan recíprocamente, ecluyendo a todos los parientes colaterales.

Con lo cual, en este caso puntual, no hay hijos ni padres, y si tomamos el art. que dice que excluye a los colaterales, no cabe analizar si son bienes propios o gananciales.

Saludos :D
 #428429  por JulianitaT
 
Entiendo que en el caso que planteas si sus maridos fallecieron... ella excluyo a los colaterales en las correspondientes sucesiones... ademas ya HUBO TRANSMISIÓN HEREDITARIA... es decir ya esta todo a nombre de ella... al sobrevivir ella a su ultimo marido (lo mismo con el anterior) ella fue declarada UNICA heredera de ellos...
Por lo tanto.. esos bienes ya pasaron a estar en cabeza de esta mujer, al fallecer esta... si no tiene hijos ni padres... heredan sus colaterales, que en ppio son SUS HERMANOS... y en el caso de q los hnos NO esten.... heredan sus Sobrinos en representacion de su padre o madre (hno de la causante).
espero te sirva de ayuda... y no estar equivocada!
Saludos!
 #428439  por Maylu
 
JulianitaT escribió:Entiendo que en el caso que planteas si sus maridos fallecieron... ella excluyo a los colaterales en las correspondientes sucesiones... ademas ya HUBO TRANSMISIÓN HEREDITARIA... es decir ya esta todo a nombre de ella... al sobrevivir ella a su ultimo marido (lo mismo con el anterior) ella fue declarada UNICA heredera de ellos...
Por lo tanto.. esos bienes ya pasaron a estar en cabeza de esta mujer, al fallecer esta... si no tiene hijos ni padres... heredan sus colaterales, que en ppio son SUS HERMANOS... y en el caso de q los hnos NO esten.... heredan sus Sobrinos en representacion de su padre o madre (hno de la causante).
espero te sirva de ayuda... y no estar equivocada!
Saludos!
Exactamente, como ella excluyo a los sobrinos (de los 2 maridos) los bienes quedan directamente en cabeza de ella, siendo únicos herederos los sobrinos de ella.-
 #428507  por Paris
 
Coincido con la opinión de JuanitaT y de Maylen. Los bienes ya integraban el patrimonio de la viuda por ende heredan sus hermanos y en caso de fallecimiento de éstos, heredan sus sobrinos en representación de aquellos.