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  • Dictamen de la Comision Médica no apelado. Posibilidades.-

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #428729  por Mar07
 
Hola! una persona por un siniestro laboral (al tratar de evitar que una cosa pesada se cayera sufrió un tirón y luego fuertes dolores en la columna), fue asistido por la ART que luego le da el Alta, razón por la cual recurre, asesorado por un colega, a la Comisión Médica (debía realizarse una cirugía: se descubrió que tenía hernia de disco).
La CM dictamina "esta C. entiende que el trabajador protagonizó un hecho súbito y violento ...debiendo la contingencia encuadrarse como accidente por el hecho del trabajo" pero al final de las conclusiones dice, que "...el Sr... sufrió un traumatismo de columna lumbar sobre una lesión preexistente con prestaciones del episodio agudo brindadas por parte de la ART....por lo que corresponde encuadrarlo como Contingencia enfermedad Inculpable".-
El dictámen no fue apelado.
Al trabajador le realizaron la intervención quirúrgica y está en etapa de recuperación.
¿Podría presentarme nuevamente ante la Comisión Médica por el mismo caso pero abriendo un nuevo expediente, solo que en vez de referirme al accidente encararlo directamente como enfermedad laboral?
Se que la Hernia de disco no está considerada como enfermedad laboral, pero quisiera intentarlo ya que es un hombre jóven, estaba sano al momento del exámen preocupacional, y su trabajo tiene que ver con manejo de material muy pesado.- Gracias.- Mar.-
 #428940  por sergiosky
 
no pierdas tiempo, ya tenes el dictamen de la comision medica de su jurisdiccion, no necesitas apelar ante la comision central ni abrir nuevos expedientes.
con ese dictamen te vas directamente a juicio y encaralo por la via civil porque enfermedad profesional no es sino una enfermedad del trabajo.
yo te aconsejaría no molestar a la ART e ir directamente con todo el arsenal unicamente contra el empleador en base a los arts. 1109 y 1113. obviamente tenes que pedir las inconst. de los arts. de la LRT. la aseguradora solo responderá si es que la hernia fue causada por ausencia de elementos de seguridad en el momento en que el trabajador efectuaba su tarea. ej: si en vez de haber zamping el operario tenia que levantar los bultos en forma manual o porque las maquinas estaban en reparacion, etc.
 #429342  por Mar07
 
Gracias Sergiosky!, pero el tema es que el trabajador no quiere abrir juicio contra el empleador por temor a quedarse sin trabajo. En la zona donde vive no hay posibilidades de conseguir otro trabajo, salvo la mina. Por eso descarté el tema de la demanda contra el empleador, al menos hasta saber si su recuperación es total. En el caso, lo único que le quedaba era ir contra la ART, pero el colega que lo estaba patrocinando consideró que al no ser favorable el Dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional (emitido en diciembre del 2008) era mejor dejar las cosas ahí, asi que dejó vencer los plazos y no apeló. Saludos.- Mar.-