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  • CÓMO IMPUGNO SUSPENSIÓN ?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #428244  por gaston ramiro gonzalez
 
Buen día a todos. Brevemente : El empleador manda CD comunicando una suspensión de dos días al trabajador ( martes y mcles., ya que el lunes, hoy, éste tiene franco ), ya que le atribuye ( junto con los demás empleados del sector ) haber cometido un error serio en determinada actividad laboral. Según los dichos del trabajador, ese día su supervisor le había ordenado, al llegar al lugar de trabajo, realizar en el día otras tareas en otro sector, por lo que estuvo ausente en el lugar del incidente ( que, aclaremos, era el del desempeño habitual ) Cómo responde la CD. ? La orden del supervisor del cambio del sector en el día suele quedar registrada en un libro ? Cómo se podría probar, si no, de otra manera ? Si responde hoy, mañana ( primer día de la suspensión ) debe presentarse a trabajar ? A propósito : debe responder sí o sí hoy ? Por último : en un modelo que ví de CD contestando susupensión decía :..." en caso de revocar la medida, exijo pago de salarios bajo apercibimiento..." Me lo pueden explicar ?
Cualquier otro aporte sobre el tema, bienvenido. Muchas gracias, y disculmen lo básico, probablemente, de las preguntas. El Derecho Laboral no es mi fuerte.
 #428355  por cuervita
 
gaston ramiro gonzalez escribió:Buen día a todos. Brevemente : El empleador manda CD comunicando una suspensión de dos días al trabajador ( martes y mcles., ya que el lunes, hoy, éste tiene franco ), ya que le atribuye ( junto con los demás empleados del sector ) haber cometido un error serio en determinada actividad laboral. Según los dichos del trabajador, ese día su supervisor le había ordenado, al llegar al lugar de trabajo, realizar en el día otras tareas en otro sector, por lo que estuvo ausente en el lugar del incidente ( que, aclaremos, era el del desempeño habitual ) Cómo responde la CD. ? La orden del supervisor del cambio del sector en el día suele quedar registrada en un libro ? Cómo se podría probar, si no, de otra manera ? Si responde hoy, mañana ( primer día de la suspensión ) debe presentarse a trabajar ? A propósito : debe responder sí o sí hoy ? Por último : en un modelo que ví de CD contestando susupensión decía :..." en caso de revocar la medida, exijo pago de salarios bajo apercibimiento..." Me lo pueden explicar ?
Cualquier otro aporte sobre el tema, bienvenido. Muchas gracias, y disculmen lo básico, probablemente, de las preguntas. El Derecho Laboral no es mi fuerte.
hola. el trabajador 30 dias para cuestionar la sancion impuesta por el empleador, respecto a su procedencia o extension para que se la suprima sustituya o limite art 67LCT) . La consecuencia de no hacerlo es que la sancion se considera consentida y pierde el derecho a reclamar en lo sucesivo. Si no impugnas es un antecedente negativo si en el futuro se debe valorar la justa causa de un despido.
Es decir impugnas la medida explicando porque crees que no correspondria dicha sancion.
Los dias de suspension impuestos no devengan salario (te los descuentan) por lo que eso significa cuando en la impugnacion pones que se reclama pago de salarios caidos por los dias de suspension.
espero te sirva!
 #428931  por gaston ramiro gonzalez
 
Mil gracias cuervita por ubicarme en el tema ( que era lo que básicamente necesitaba ). Seguramente, al momento de asesorar al trabajador para impugnar la medida, me surjan nuevas dudas y te consulte. Saludos cordiales.